Aparece el fantasma de la desafiliación

La ministro de Educación y Cultura, María Julia Muñoz, dijo ayer que FIFA no tiene derecho de intervenir a la AUF, lo que abre la posibilidad de que el diferendo pueda agravarse si es que el gobierno toma cartas en el asunto.
“Para el país no puede haber un organismo internacional que intervenga asociaciones nacionales”, tiró la ministro, que agregó que “los cambios de estatuto y demás de una asociación civil dentro del Uruguay, es competencia del Uruguay, no de los organismos fuera del país”.
Muñoz afirmó que “por ahora el Ministerio está observando las negociaciones que está haciendo la AUF con FIFA, diciendo que en realidad no se violaron estatutos. Esperamos que se resuelva de esa manera, porque no es posible que intervenga un organismo internacional a decir en el país cómo se modifican lo estatutos de una asociación civil radicada en el Uruguay”.
Pero está claro que son dos cosas diferentes. FIFA tiene sus reglas, y a ellas deben someterse quienes deseen integrarlas.
¿Qué dice el estatuto de FIFA al respecto? En el artículo 14 indica que las federaciones miembros se verán obligadas a “observar en todo momento los Estatutos, los reglamentos, las disposiciones y las decisiones de los órganos de la FIFA, así como las decisiones del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD)”.
Y en el artículo 8 deja en claro que “en circunstancias excepcionales y tras consultarlo con la confederación correspondiente, el Consejo podrá retirar de su función a los órganos ejecutivos de federaciones miembro y reemplazarlos por un comité de regularización durante un período determinado”. Lo cierto es que nada puede hacer el Ministerio de Educación y Cultura ante la situación. Aunque si el gobierno decidiera hincarle el diente, todo podría derivar en la desafiliación de la AUF de FIFA.
En el artículo 14, inciso i, el estatuto de FIFA señala que las federaciones miembro deben “administrar sus asuntos de forma independiente y procurar que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos”.
Y remarca en la violación de ese apartado “podría conllevar sanciones, incluso si la injerencia de un tercero no pudiera imputarse a la federación miembro. Ante la FIFA, las federaciones miembro serán responsables de todos y cada uno de los actos que los integrantes de sus órganos puedan causar por negligencia o conducta dolosa”.