Día de la trabajadora doméstica; hay más de 97.000 en el país

Este domingo se celebra el Día Nacional de la Trabajadora Doméstica, y según datos del Banco de Previsión Social (BPS), hay poco más de 97.000 en el Uruguay, de las cuales el 99,2 por ciento son mujeres, y del total, hay 73.000 afiliadas al organismo.
Esta cifra baja abruptamente si nos remitimos a las afiliadas al sindicato que las agrupa, donde no llegan al medio millar, por lo que el porcentaje de afiliación es del orden del 0,5 por ciento.
Uruguay cuenta con la Ley de Trabajo Doméstico desde hace casi 12 años y negociación colectiva en los Consejos de Salarios desde hace diez, derecho a seguro de paro, jubilación y –según se indica desde esferas del gobierno– con una sensible mejora salarial desde entonces. En base a esta norma, el porcentaje de empleadas registradas en el BPS pasó en ese lapso de cuatro a siete de cada 10.
El aumento de las trabajadoras domésticas registradas en el BPS desde la promulgación de la ley ha sido de aproximadamente 30.000, en tanto otros datos indican que 7,3% de trabajadoras domésticas tienen 65 años o más, 7,8% de empleadas domésticas es de ascendencia afro o negra, en tanto la blanca es del 89,6%.
Un 9,9% tiene hasta 24 años, las que en 2006 eran el 13,3%, mientras que el porcentaje de mujeres que se dedican a trabajar en el servicio doméstico del total de trabajadoras es del 13,1 por ciento.
25,1% es el porcentaje de trabajadoras domésticas que tienen entre 45 y 54 años, constituyéndose en el mayor sector etario. Le siguen las franjas entre 35 y 44 (24,2%) y entre 55 y 64 (20,1%).
El 42,4% es el porcentaje de empleadas domésticas que a la vez son jefas de hogar, el 42,6% solo ha cursado Primaria, el 46,2% ha cursado Secundaria, 46,4% trabaja hasta 20 horas la semana. Es una actividad muy poco sindicalizada y, según los dirigentes sindicales, todavía persiste el “miedo” a afiliarse y las “amenazas” de los empleadores a despedirlas en caso de que se sindicalicen.
En noviembre de 2006 se promulgó la ley 18.065, de regulación del trabajo doméstico, que en su art.1º establece que “trabajo doméstico es el que presta en relación de dependencia, una persona a otra u otras, o a una o más familias, con el objeto de consagrarles su cuidado y su trabajo en el hogar, en tareas vinculadas a éste, sin que dichas tareas puedan representar para el empleador una ganancia económica directa”.

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