Deudores del Banco República podrán optar por diferir sus pagos por 90 días

El Banco de la República informó ayer que sus clientes tendrán la posibilidad de postergar el pago de obligaciones, tomando en consideración la especial situación que atraviesa el país por la emergencia sanitaria, aunque aclara que “en todos los casos el beneficio podrá otorgarse a clientes con deudas vigentes al 29 de febrero de 2020”.
En el caso del llamado Crédito Social, que son préstamos para el consumo, establece diferencias entre los clientes. En el caso de jubilados, pensionistas y funcionarios públicos, y a partir del 1º de abril -no antes- “se podrá postergar el pago de tres cuotas sucesivas”. Para acceder a este beneficio, los clientes deberán gestionar a través de eBROU (en la página web o la aplicación del banco) la renovación de su crédito y así automáticamente se postergará el pago de las siguientes tres cuotas. La primera cuota que podrán postergar es la que está previsto descontar con las pasividades o los salarios correspondientes a abril. Para préstamos en pesos uruguayos, la realización de la gestión se habilitará a partir del 1º de abril de 2020, y para préstamos en Unidades Indexadas, a partir del 20 de abril de 2020.
Las gestiones se realizarán exclusivamente a través de eBROU, para evitar aglomeraciones en las sucursales. En www.asistencia.brou.com.uy hay información y tutoriales sobre cómo conseguir la clave para utilizar eBROU y cómo gestionar la renovación de un préstamo (Tutorial Crédito Social).
En el caso de los empleados privados, a partir del 1º de abril de 2020 se diferirá automáticamente el pago de las cuotas por 90 días. Si hay clientes que no estén interesados en acceder a este beneficio deberán expresar su decisión vía WhatsApp al 092 00 1996 antes del 20 de abril de 2020.

LOS PRÉSTAMOS A LAS EMPRESAS

Para las empresas con deudas menores a 200.000 dólares (o su equivalente en moneda nacional, poco más de 9 millones de pesos al cambio de ayer), a partir del 1º de abril se postergarán automáticamente por 180 días cada uno de los vencimientos de capital e intereses previstos hasta el 31 de agosto 2020. Las empresas que no estén interesadas en acceder a este beneficio deberán expresar su decisión vía WhatsApp al 092 00 1996 antes del 20 de abril de 2020.
Aquellas empresas con deudas mayores a U$S 200.000 (o su equivalente en moneda nacional), serán contactadas por los ejecutivos asignados para evaluar la posibilidad de diferir los pagos por 180 días. Se analizará en cada caso el impacto de la emergencia sanitaria en la actividad de cada empresa.
El comunicado del banco aclara a los clientes que no deben concurrir a las sucursales del BROU para obtener información sobre el beneficio de postergación de pagos, que en ningún caso se gestionará en sucursales sino solamente vía Internet.