Harán tratamiento preventivo a quienes tuvieron contacto con posible caso de púrpura fulminante en plantel de fútbol
La Dirección Departamental de Salud (DDS) emitió un comunicado sobre los pasos a seguir en base a la situación sanitaria de los componentes y allegados al Atlético Bella Vista tras el repentino fallecimiento de uno de sus futbolistas el domingo, por un posible caso de Púrpura Fulminante.
Tal como habíamos adelantado en la edición de hoy, anoche el presidente de la institución, Andrés Imperial, señaló a EL TELEGRAFO que “no se saben las causas del fallecimiento de Bruno (Moreira Cáceres), por eso estamos instando al Ministerio de Salud Pública a que confirme o descarte la posibilidad de que haya sido Púrpura Fulminante, dado que en ese caso son muchas las personas que también podrían verse afectadas y que necesitan conocer de manera urgente en qué situación se encuentran”.
Además, al cierre de la edición el directivo se encontraba en contacto directo con la DDS y el Ministerio de Salud Pública para conocer los pasos a seguir, aguardando el arribo de la delegación de Bella Vista (que se dio sobre las 7 de esta mañana) a nuestra ciudad, dado que se encontraban en Bella Unión, para asistir a las exequias del desaparecido futbolista.
Hace algunas horas la Comisión Directiva del club también emitió un comunicado rezando que “ante la pérdida de nuestro querido jugador Bruno Moreira Cáceres, se resuelve que los días lunes y martes no se estarán desarrollando prácticas deportivas en ninguna de nuestras categorías”.
Se contagia de persona a persona
En el comunicado, la Departamental de Salud indica que “La transmisión de esta enfermedad es de persona a persona a través de las vías respiratorias por gotitas y secreciones de naso y bucofaringe de personas infectadas o colonizadas. Para que la transmisión ocurra, es necesario un contacto íntimo (personas que residen en la misma casa, que comparten el mismo dormitorio, lugares de hacinamiento, guarderías y escuelas) o contacto directo con secreciones respiratorias del paciente”.
Aclara que para que se defina como “contacto” debe cumplir con determinadas condiciones: “conviva en el domicilio del enfermo o haya pernoctado en la misma habitación en los 7 días que preceden al inicio de la enfermedad; que haya tenido contactos próximos y repetidos en los últimos 7 días que preceden al inicio de los síntomas durante más de 4 horas consecutivas al día; que haya tenido contacto directo con las secreciones nasofaríngeas del enfermo en los 7 días previos a su hospitalización”.
Recibirán tratamiento preventivo
Dado que la investigación epidemiológica inicial indica que el fallecido presentaba un cuadro compatible con sospecha de enfermedad meningocóccica, “a todas las personas definidas como contacto, (…) se le administrará un tratamiento preventivo, que deberá iniciarse en el menor tiempo posible desde la última exposición”, indica el parte.
Por este motivo solicitan la colaboración en la identificación de posibles contactos dentro del plantel, quienes serán evaluados por el equipo de vigilancia para iniciar el tratamiento si corresponde”.