
El pasado viernes la Liga de Fútbol de Paysandú dio a conocer el fallo de su investigación sobre el caso Bohemios FC y las fichas médicas apócrifas, resolviendo no sancionar a la institución, así como tampoco a las personas físicas (jugadores y directivos). Debido a eso, el miércoles pasado 16 clubes (15 firmantes) presentaron un recurso con varias solicitudes, entre ellas un llamado a Asamblea Extraordinaria en carácter de urgente para tratar el tema.
Nicolás Rivadavia, especialista en derecho deportivo, es el abogado del club Bohemios y EL TELEGRAFO dialogó con él en la víspera sobre la postura del club, la resolución de la liga y el recurso presentado por los clubes.
“Lo primero que debemos dejar claro en esta situación, que no es agradable para Bohemios ni para ninguno de los clubes, es que en este asunto y a raíz de las denuncias presentadas, OFI asumió competencia en el tema e inició una investigación, realizada en Paysandú, pormenorizada y entrevistando a los involucrados para conocer las responsabilidades de cada uno. Respetando el debido proceso, dándole vista a los involucrados que realizaron sus descargos. En ese momento, los clubes en asamblea votaron que estaban de acuerdo con el proceso, pero que además se iban atener a las resoluciones de OFI, ya que les daba mayores garantías que si la investigación era realizada por la liga”.
Y continuó: “el final de dicho proceso tuvo una resolución, que fueron las sanciones por 1 año para la institución de toda competencia OFI, de 5 y 1 año para los directivos y de cuatro meses para los futbolistas. En ese caso, de quererlo, los clubes podrían haber recurrido a OFI pero, aunque desconozco los motivos, no lo hicieron. Y esto es importante, porque en su momento esa fue la resolución de las instituciones y si cuando OFI dio a conocer el fallo estaban disconformes deberían haber recurrido, dado que fue el órgano que llevó a cabo la investigación y resolvió”.
“Por ello y tras la investigación el Consejo Directivo Central de la liga, luego de conocer el fallo de OFI entendió, de manera acertada y ajustada a derecho, que este expediente debía ser archivado, porque ya se habían aplicado distintas sanciones a todos los implicados. Refiriendo de manera correcta al principio de non-bis-in-idem o ‘doble culpa’ del Reglamento General de OFI artículo 308, el cual dice que ninguna institución o persona afiliada puede ser acusada dos veces por la comisión de un mismo ilícito, perfectamente aplicable dado que OFI siguió la secuencia del proceso de asumir competencia, investigar y emitir una sanción. Por ello, de ser realizada por la liga alguna modificación en las sanciones o aplicara adicionales, se estaría pasando por encima del órgano que ya hizo los pasos correspondientes”.
“Es importante dejar en claro que se cumplió con el proceso y hubo sanciones para todos los involucrados, jugadores, directivos y la institución, y desde los clubes se dice que nada de esto ocurrió. Además, señalar que este hecho del carné de aptitud deportiva falsa no sucedió únicamente en la Liga de Paysandú, sino que también ha ocurrido en otras ligas y en todos los casos OFI se hizo cargo de la situación y tras dar a conocer las resoluciones de acuerdo con la reglamentación vigente, las ligas aceptaron la decisión”.
En el cierre y sobre el pedido de los clubes de más sanciones y el pedido del llamado a Asamblea Extraordinaria, Rivadavia enfatizó que “los clubes han omitido varios aspectos, el más importante, repito, es que OFI ya se pronunció y este tema no fue recurrido. Por eso lo que sorprende es que se haya presentado un pedido de Asamblea Extraordinaria para llevar la moción de suspender la afiliación de Bohemios, cuando ya hubo un fallo y mediante votación se quiere dejar sin efecto dicha resolución, para llevarlo a lo político y voluntad de los clubes, dejando de lado lo jurídico. Más allá de eso, siempre se deben respetar los estatutos y quórums necesarios para suspender una afiliación, pero de convocarse una asamblea para plantear la desafiliación, que incumpliría lo que marca el artículo 308, puede impugnarse la asamblea ante los tribunales competentes de OFI y también ante el MEC”.