Los lesionados o fallecidos por siniestro de tránsito son indemnizados por el SOA

Cuando a causa de un accidente vial la persona resulte con lesiones o fallezca por heridas producidas en el siniestro, aunque sea la causante del accidente, recibe una indemnización que está prevista en la Ley Nº 18.142 de creación del Seguro Obligatorio Automotor (SOA).
Así lo confirmó a EL TELEGRAFO el abogado Pablo Durán, integrante de un estudio especializado en accidentes de tránsito, cuyo principal es el abogado Adán García. Durán explicó que “es un seguro social que, más que a buscar la culpabilidad en el accidente, apunta al resarcimiento del daño”.
Desde la aprobación de la Ley en 2009, “en caso de accidentes de tránsito donde haya una lesión personal o muerte, se indemniza a la víctima o a los causahabientes en caso de fallecimiento, y esto es independientemente de la culpa; se prescinde de la culpabilidad jurídica, se va al daño y una vez verificada la lesión, que generalmente se hace por la historia clínica, en ese caso se indemniza”.
Detalló que “aunque eso parezca extraño, en los casos en que uno vaya en contravención a las normas, por ejemplo sin licencia de conducir, también se indemniza. En el caso de que un motociclista cruce la calle con el semáforo en luz roja y se produce un choque, obviamente que la culpa es del motociclista, pero por la ley del SOA se puede reclamar, porque se prescinde de la culpa, aún siendo culpable igual se puede hacer el reclamo contra el seguro del otro vehículo y se indemniza”.

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