Durante el día, hasta $ 800 en efectivo y de noche solo tarjetas para el combustible

Desde el 1º de setiembre regirá en su totalidad el decreto del Poder Ejecutivo por el cual se limita la compra de combustibles con dinero en efectivo en las estaciones de servicio. La disposición firmada el 27 de abril pasado, estableció que hasta el 31 de agosto se habilitaba la venta de combustibles por cualquier monto en efectivo entre las 6 y las 22 horas. Desde el primero del mes próximo, solamente se podrá despachar combustible hasta 800 pesos en ese horario -las cargas que superen ese monto deberán pagarse con tarjeta y no tiene límite-, manteniendose la prohibición de vender con efectivo entre las 22 y las 6. Para estas compras, se utilizarán tarjetas tanto de débito como de crédito.
SOLO NAFTA Y GASOIL
En el minimercado u otros servicios como lavadero, cambio de aceite, venta de lubricantes, supergas o similares que cumplen algunas estaciones, no hay limitación de efectivo durante el día, aunque sí para la noche.
La excepción es para las ventas nocturnas de minimercado y servicios -en caso de haberlo- que pueden ser por hasta 500 pesos en efectivo.

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