Devolución de los aportes por Fonasa se cumplirá a partir del 24 de setiembre

A partir del 24 de setiembre se hará efectiva la devolución de aportes correspondientes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), indicó a EL TELEGRAFO el representante de los trabajadores en el directorio del Banco de Previsión Social (BPS), Ramón Ruiz, quien en las últimas horas visitó Paysandú en una recorrida por el Interior.
El director conterráneo explicó que, desarrollado el trabajo anual habitual, surgió que son 145.734 personas las que van a recibir la devolución –cifra similar a la del año anterior–, en tanto el monto es del orden de los 4.274 millones de pesos líquidos, en promedio, unos 29.000 pesos, también cifra similar en términos reales a la del año anterior. Asimismo, unas 29.000 personas podrán cobrar devoluciones de ejercicios anteriores, por un total de 340 millones de pesos.
La información preliminar general está disponible en la página web del BPS (www.bps.gub.uy) desde el 31 de agosto, donde se incluyen casos en que puede haber o no devolución según los niveles de ingresos y grupo familiar. Por ejemplo: en el caso de tener solo la cobertura propia, un trabajador tendrá devolución a partir de un promedio mensual de sueldo de $ 65.359; en tanto, para jubilados, a partir de un promedio mensual de $ 70.806, detalló.
Hasta el 12 de setiembre, las consultas al teléfono 0800 2016 solo han dado cuenta de los límites generales, tanto para trabajadores como para jubilados, mientras que desde el 13 de setiembre pueden realizar la consulta en la página web quienes no tienen contrato de usuario persona, sobre si se tiene o no devolución.
Destacó que solo se accederá a la liquidación completa de la devolución si se es usuario de servicios en línea del BPS, lo que se obtiene con el contrato de usuario persona. El pago se inicia el 24 de setiembre, a razón de dos dígitos por día, hasta el 29, en forma similar a años anteriores.
Quienes tienen una cuenta bancaria o en emisor de dinero electrónico (Redpagos, ANDA o Creditel) podrán solicitar allí –no en el BPS, sino en la institución bancaria o emisora de dinero electrónico–, que quieren recibir la devolución de Fonasa a través de una transferencia. A su vez, quienes en años anteriores hayan tomado esta opción –y este año también tienen devolución– no tienen que volver a solicitarlo. La normativa vigente determina que los montos de más de 10.000 UI (unidades indexadas, por encima de los 36.000 pesos) solo se podrán cobrar por cuenta bancaria o en institución emisora de dinero electrónico. La otra alternativa de pago es con la cédula de identidad en cualquier agente de la red de pagos y cobros, según el último dígito de su cédula de identidad, a partir de la fecha que marque el cronograma.