Derecho de cada uno en beneficio de todos

El próximo 17 de octubre se cumplirán 10 años de la aprobación de la Ley 18.831, conocida como Ley de Acceso a la Información Pública, que consagra en forma expresa el derecho de los ciudadanos al acceso de la información pública.
Su objetivo es promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo público, sea o no estatal, y garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a dicha información.
El derecho de acceso a la información así como el de libertad de expresión forman parte de los derechos humanos fundamentales contenidos en la Declaración de Derechos Humanos. Sin embargo, durante décadas los ciudadanos han debido luchar contra discrecionalismos y secretismos del Estado para lograr acceder a la información.
En nuestro país, la referida ley que llega a su decenio establece que cualquier persona puede solicitar datos a organismos y recibirlos en un plazo máximo de 20 días. Gracias a ella cualquier ciudadano sin invocar ningún tipo de interés ni necesidad de explicar motivos puede solicitar información por escrito, de manera presencial o electrónica. Debe indicar el soporte en el que desee recibirla y a partir de presentada la solicitud el organismo dispone de un plazo de 20 días para contestar.
El acceso a la información pública en poder del Estado es un derecho de todas las personas sin discriminación, y es toda aquella que se genera o está en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones establecidas por la ley por su carácter de información secreta, reservada o confidencial, el cual debe ser establecido previamente por el organismo y no en el momento en que el ciudadano realiza la solicitud de acceso.
“A 10 años de aprobada la ley, se avanzó mucho”, destacó recientemente el presidente de la Unidad de Acceso a la Información, Gabriel Delpiazzo. Es verdad. Y las nuevas tecnologías así como una política pública tendiente al desarrollo del gobierno electrónico y la transparencia en la gestión del Estado permiten que hoy día cualquier persona pueda realizar una solicitud de acceso a la información pública, o acceder a la información que se encuentra disponible en los sitios web de los organismos incluso desde la comodidad de su casa a través de Internet.
Indudablemente esto representa un avance hacia un mayor control de la actividad pública y una ganancia en la participación ciudadana. También es, cada vez más, un requisito del propio Estado a sus organismos tendiente a fomentar la rendición de cuentas y transparencia en la gestión pública.
No obstante queda mucho por andar todavía. En este sentido, la capacitación de los funcionarios y el compromiso de los jerarcas para la aplicación de la normativa resultan claves para avanzar, así como también se requiere una mayor sensibilización y conocimiento del tema por parte de la población.
“El derecho es tuyo, el beneficio es de todos” es la consigna de la campaña que está llevando adelante la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), con el objetivo de sensibilizar y capacitar sobre la importancia del derecho de acceso a la información pública como elemento que contribuye a la transparencia y a la construcción de ciudadanía. La campaña no busca solamente difundir la Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública, sino también incentivar su uso y transmitir cómo la información pública es un elemento esencial del Estado democrático.
En este sentido, cabe señalar que estudios realizados en los últimos años sobre el acceso a la información pública en Uruguay, indican que existe un alto conocimiento de la Ley y el organismo encargado de controlar su cumplimiento y que, seguramente influidos por el uso cada vez más intensivo de las tecnologías de la información y comunicación, en general predomina el uso de páginas web y mecanismos informales a la hora de acceder a la información.
No obstante, resulta preocupante que en general, hay un bajo cumplimiento de la ley entre los servidores públicos, lo que deja espacio para la discrecionalidad de las burocracias. Al respecto cabe señalar que los órganos de supervisión de Acceso a la Información solo pueden emitir recomendaciones a los organismos públicos que se niegan a dar información para que revisen sus decisiones, en tanto que los solicitantes que quieran hacer cumplir su derecho deberán acudir al Poder Judicial, vía que pocas veces se transita por el ciudadano común. Es una práctica bastante común que se argumente que la información solicitada es “reservada”, cuando no lo es, o que es “sensible” porque la empresa estatal en cuestión está en competencia con privadas, cuando es obvio que es una excusa para no exponer a la opinión pública datos que pueden ser indicativos de mala gestión. Tampoco en las páginas web se publica todo lo que debería estar disponible para la ciudadanía, y por ejemplo casi ningún organismo o empresa pública presenta los gastos que realiza en publicidad oficial. Y cuando ese tipo de datos sensibles está en Internet, casi siempre está tan oculto en los recónditos lugares del ciberespacio que sólo un experto internauta logra dar con ellos.
Claramente en lo que respecta a la transparencia activa, es decir, aquella que corresponde por ley desarrollar a los organismos públicos (generalmente en los sitios web) sin necesidad que los ciudadanos efectúen ningún tipo de solicitud o petición, el cumplimiento por parte de los organismos es heterogéneo.
De acuerdo al Índice Trasparencia Activa en Línea (ITAeL) –que mide el cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia activa previstas en la ley N° 18.381 y su decreto reglamentario, así como indicadores que buscan medir la implementación de recursos para la interacción y participación de ciudadanos– sólo hay poco más de una docena de organismos que tienen un alto cumplimiento.
A modo de ejemplo, la medición realizada en 2016 por la organización no gubernamental CAinfo a los efectos de la elaboración de dicho índice, indica que los resultados de las mediciones a 113 organismos dieron que el 90% de los monitoreados no supera el 60% de los requisitos del Índice de Transparencia Activa. Además, ninguno alcanza el nivel alto (81 a 100%).
Los organismos que tienen menor cumplimiento son las intendencias (39% a 52%) y las juntas departamentales (21% a 23%), en tanto que los entes autónomos y servicios descentralizados tienen un nivel de cumplimiento de entre 53% y 71%.
En conclusión, esta primera década de la Ley de Acceso a la Información Pública plantea una serie de desafíos futuros dado que aunque los avances normativos han significado un paso importante, es a nivel de su cumplimiento donde se dirime su efecto.