Transitando la inclusión

Uruguay cuenta con varias normas tendientes a asegurar la inclusión de personas con discapacidad en la vida laboral, educativa y cultural del país.
Se trata de un tema de justicia social pero también un imperativo de la realidad, dado que el 16% de la población – algo así como unos 500.000 uruguayos- tiene al menos una discapacidad permanente. Sin embargo el camino de la inclusión es dificultoso, ya que si bien es relativamente sencillo reconocer derechos que estamos de acuerdo que tendrían que ser accesibles para todos, suele ser muy difícil concretar el acceso debido a barreras culturales, hábitos, falta de planeamiento y financiamiento o aspectos vinculados a la accesibilidad física.
Solo por citar un ejemplo, en el mundo tecnológico actual es fácil crear documentos digitales accesibles — legibles en el software de ampliación de pantalla o traducibles de texto a voz– para publicar contenidos e información en Internet aunque muchas fuentes básicas de información, tanto organismos del Estado como empresas, aún no los utilizan.
En este contexto, en los últimos días fue promulgada en el Parlamento una ley que garantiza el acceso a la información a las personas con discapacidad visual al momento de consumir medicamentos. La misma establece un plazo de 24 meses a partir de su entrada en vigencia, finalizado el cual no podrán expedirse medicamentos que no se adapten a los extremos previstos en la referida norma.
A partir de entonces, todos los medicamentos autorizados e inscriptos en el Ministerio de Salud Pública deberán incluir en su caja, embalaje o envoltorio un sistema de lectura para personas con discapacidad visual u otro dispositivo que permita conocer por el usuario, como mínimo, el principio activo, su presentación y el nombre comercial del fármaco.
Se trata de un tema importante si se tiene en cuenta que según el Censo 2011 la discapacidad que más declaran sufrir los uruguayos es la baja visión. En total son unas 311.926 personas, de las cuales unas 4.219 son ciegos totales.
Es algo básico que hace tiempo debería haber estado regulado pero recién se llega a este punto. Alcanza con pensar que en algún momento de nuestra vida todos debemos consumir algún tipo de medicamento y todas las cajas y embalajes suelen ser parecidos y difícilmente reconocibles por quienes no pueden ver.
La medida se inscribe en el marco de otras que implican considerar las necesidades y derechos de la población con esta discapacidad que, entre otras, involucran la accesibilidad física, el ocio y la recreación o el ámbito educativo y laboral.
Desde hace ya casi una década Uruguay cuenta con una Ley de Protección Integral de Personas con Discapacidad, la cual estableció que los organismos del Estado completen el 4% de sus vacantes con personas con discapacidad. Sin embargo, la realidad es que la propia administración pública no tiene la capacidad para cumplir en forma general con esa ley y mucho menos el sector privado.
A nivel de ocio y recreación hay avances, aunque escasos todavía, impulsados por el Ministerio de Turismo, que desde hace cierto tiempo ha tomado la bandera de la inclusión promoviendo viajes para este sector de la población, sensibilizando a operadores privados, entregando equipamiento para que personas con discapacidad física puedan disfrutar de las playas y, en definitiva, poniendo el tema en la agenda pública.
Otro aspecto importante es el que refiere a la inclusión e integración educativa y el acceso a la información contenida en los materiales de estudio. En este sentido, sería interesante contar con más información sobre el cumplimeinto del protocolo de actuación aprobado en 2017 para la inclusión de personas con discapacidad en los centros educativos, de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 18.651, del año 2010.
Allí se establecía su aplicación en todos los centros que integran el sistema nacional de educación pública y privada y en bibliotecas, comprendiendo el diseño y desarrollo universal de estrategias de apoyo académico para personas con discapacidad y adecuación curricular, prácticas pedagógicas y didácticas, accesibilidad en instalaciones, mobiliario, material didáctico, herramientas y equipos de trabajo.
Además de la accesibilidad física a sus instalaciones, la normativa establece que las instituciones –en función de las necesidades de los estudiantes– deben facilitar aspectos como la presencia de un instructor o intérprete de Lengua de Señas Uruguaya, la visualización de textos, el lenguaje táctil, los dispositivos multimedia de fácil acceso, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo y medios de voz digitalizados y material en formato electrónico que debe ser legible en el software de ampliación de pantalla o de texto a voz.
A su vez, Uruguay fue el primer país latinoamericano en adherir al Tratado de Marrakech, que busca facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a los textos impresos, lo que permite resolver las barreras legales existentes e incorporar en las leyes lo que se denomina “excepciones al derecho de autor para personas con discapacidades”.
La realidad parece indicar que muchos de estos avances contenidos en la legislación nacional aún no se cumplen en la práctica, no siempre por falta de voluntad sino de presupuesto. Sin lugar a dudas, esta situación representa un gran desafío para las instituciones que demandan mayores inversiones oficiales, capacitación o personal especializado para el cumplimiento de lo dispuesto.
Aún así es un camino que debe transitarse no sólo por ser una obligación legal sino por una cuestión de reconocimiento de derechos de una parte importante de la población que vive en mayor desventaja o vulnerabilidad por su condición de discapacidad.
En el caso concreto de los medicamentos y la exigencia legal de inscripción de su información básica en un sistema de lectura para personas con discapacidad visual, la ley otorga el plazo suficiente para que el cambio pueda ser incorporado por la industria farmacéutica y además el Estado posee los mecanismos necesarios para controlar fácimente el cumplimiento.
En paralelo, sería deseable que el propio Estado facilite el acceso para las personas ciegas o con baja visión del Interior del país a la enseñanza de sistemas profusamente difundidos como el Braille. El camino de la inclusión es largo y sinuoso pero es necesario comenzar a transitarlo con decisión, sin generar falsas expectativas y creando las oportunidades necesarias.