Guardia y soldado que retuvieron a Dávila Cabrera fueron formalizados por homicidio

Mientras se continúe con la investigación para realizar el juicio oral, la Justicia dispuso hacer lugar al pedido de Fiscalía de enviar a prisión preventiva a los dos principales responsables de la muerte de Fernando Daniel Dávila Cabrera, de 30 años, quien falleció por asfixia luego de caer de la escalera mecánica del Mac Center Shopping y ser sometido a un arresto ciudadano.
La evidencia del uso excesivo de la fuerza, sumado al riesgo de que el guardia de seguridad J.I.B.M, de 28 años, y del soldado cabo de primera P.S.N.B, de 32 años, puedan fugarse, fueron determinantes para que el juez subrogante Juan Pablo Novella dictamine la prisión en una cárcel y no diera lugar a la posibilidad de que fuera domiciliaria o en el Batallón, como planteó el abogado del militar.
En tanto sí se contempló que ante las amenazas de muerte expresadas por internos de la cárcel sanducera, que fueron presentadas al juez por el abogado del guardia, éstos sean derivados a un centro de rehabilitación en otro departamento.
AUDIENCIA LARGA PERO CONCLUSIVA
Minutos después de las 18.30 de la víspera, se habilitó el ingreso de familiares de la víctima, entre ellos hermanos y su pareja, junto al abogado Gustavo Sabariz. Seguido hicieron lo propio los abogados defensores de los imputados: Juan Guerrero para el soldado y Guillermo Romero y Enrique Moller. Así como la prensa, que pudo tomar imágenes durante unos minutos, antes de que comenzara la audiencia. EL TELEGRAFO fue el único medio que permaneció en sala y pudo conocer in situ las posturas de cada una de las partes.
Los dos imputados permanecieron en silencio durante toda la sesión, al igual que los familiares de Dávila Cabrera que mostraron compostura pese a que, por momentos, el relato o la exposición de motivos los dejaba al borde de las lágrimas.
En tal sentido, Fiscalía de 1er. Turno, integrada por las doctoras Andrea Fuidio, Catherine Dalmás y Silvana Puglia presentaron su trabajo de investigación en que se reunieron pruebas testimoniales, como es el caso de otro guardia de seguridad que estuvo –en primera instancia– detenido y luego fue absuelto, y el de una trabajadora del mismo shopping. La doctora Fuidio relató que todo comenzó con una persecución callejera.
“Próximo a las 11.30 del lunes 6 de enero se solicita mediante un llamado al Centro de Comando Unificado Departamental la presencia policial en el Mac Center Shopping dándose cuenta que un hombre había ingresado intimidando a una empleada de una tienda allí existente con una botella de vino, siendo perseguido por personal de seguridad de la empresa”. En el primer piso se encontraba un guardia de 20 años que fue quien le dio alcance a Fernando Daniel Dávila Cabrera, “siendo amenazado por éste con una botella”. Ante ello, el muchacho pidió apoyo a sus compañeros, llegando a la escena el imputado J.I.B.M.
Dávila Cabrera se da a la fuga por la escalera mecánica a pocos metros del lugar, “tomando en sentido contrario al funcionamiento y en su afán de escapar pierde el equilibrio y cayó al piso”. En tanto, como se aprecia en los videos publicados por este medio, al pie de la escalera mecánica se encontraba el otro imputado, el soldado del batallón P.S.N.B, vestido de civil, “que fue el encargado de reducir a Dávila poniéndolo boca abajo y sujetando sus manos por detrás de la espalda”. Hasta que llegó el guardia de seguridad “a apretarle el cuello”. Mientras eso pasaba, el otro guardia llamaba al 911 e intentaba que los usuarios del shopping se mantuvieran a distancia.
A efectos de evitar la fuga, el soldado “se arrodilló sobre los glúteos de Dávila y le colocó las manos contra la espalda”. Mientras eso pasaba, el guardia J.I.B.M lo sujetaba con su rodilla en la parte alta de la espalda y la nuca, impidiendo que Dávila pudiera moverse. Alrededor de seis minutos después arribó personal de la Comisaría Primera donde al proceder a esposarlo, una uniformada –al colocarle la esposa en una mano– vio que el hombre estaba inconsciente. El propio guardia imputado fue quien le realizó técnicas de reanimación hasta que arribó una ambulancia con médico, que finalmente constató el fallecimiento de Dávila Cabrera.
Asimismo, de la investigación de Fiscalía –basada también en relato de los involucrados– se pudo saber que el fallecido había intentado robar una moto frente al local de cerámicas de 33 Orientales y Charrúas. Desde allí fue perseguido por el soldado, que estaba como cliente en el comercio, quien lo corrió por unas cinco cuadras hasta llegar a la puerta del shopping, ocasión en que Dávila ingresó tras él. Lo perdió de vista durante unos minutos, en que el hombre recorría un local en desuso de la primera planta. Se dirigió al hall central y lo vio bajando la escalera mecánica a contrasentido, y cuando cayó lo atrapó.
AGONIZÓ DURANTE OCHO MINUTOS
La fiscal detalló que en primer momento Dávila se resistió a la detención gritando que lo soltaran, pero que luego comenzó a suplicar que lo soltaran porque no podía respirar. Pese a su ruego, el guardia y el soldado continúan aprehendiéndolo y no contemplaron su situación, así como tampoco disminuyeron la presión sobre el cuerpo de Dávila, lo que derivó en su deceso.
El accionar de los involucrados quedó registrado en videos pertenecientes al sistema de vigilancia del shopping y en otros que circularon por redes sociales y fueron tomados por particulares.
Fuidio precisó que la médica forense que hizo la autopsia informó que presentaba “cianosis (coloración azul) a nivel de cara, cuello y hombros, con hemorragia conjuntival bilateral (sangre en los ojos), y lesiones en ambas piernas desde la rodilla hacia abajo”. Además de que se reconocieron manchas similares en la cavidad toráxica a nivel de pulmones y en superficie, y en la región cardíaca. “Se concluye que la causa de muerte es por asfixia mecánica. En el caso particular, la asfixia fue determinada por una opresión y/o compresión sobre la caja toráxica, lo que impidió la ventilación de aire normal de los pulmones”, agregó la fiscal. Este acto, continuó, se piensa como en el resultado previsto a partir de que Dávila comenzó a suplicar por aire, pero los aprehensores no declinaron en su accionar, “impidiendo que éste cumpliera con la necesidad vital de respirar”.
El exceso de la fuerza, en tanto, revela “intención del resultado previsible, ya que la fuerza mecánica que causó la asfixia fue hecha por los imputados en conjunto”. A su vez barajó como posibilidad que, si el soldado hubiera soltado una mano de Dávila, le hubiera permitido hacer un movimiento para tomar aire y salvarse. Pero esto no ocurrió.
HOMICIDIO A TÍTULO DE DOLO EVENTUAL
La Fiscalía explicó al juez Novella que se pidió la imputación por homicidio a título de dolo eventual, ya que se trata del resultado de una muerte que no se quiso pero se previó desde el momento en que Dávila comienza a suplicar por aire.
Los imputados cometieron el homicidio “porque no tuvieron directamente la voluntad de que el hecho terminara de esa forma, el resultado de muerte no se quiso, pero no detuvieron su accionar, asumiendo el riesgo”. Respecto a la responsabilidad de cada uno, se solicitó que el guardia J.I.B.M fuera formalizado como autor del hecho y P.S.N.B en calidad de coautoría.
A su vez, el abogado de la familia de Dávila Cabrera, Gustavo Sabariz, dijo estar de acuerdo y acompañar el pedido de Fiscalía, en tanto presentó su teoría del caso dada la investigación que realizó. Desestimó el peso de los hechos previos a la detención, ya que dijo podría haberse tratado de una tentativa de hurto, pero eso no daba pie a que el soldado lo persiguiera –de forma persistente– por cinco cuadras. Comentó que no hay pruebas de que Dávila agrediera a alguien con la botella de amarga que llevaba y, además, “se puede ver la robustez” de los implicados, sobre todo del soldado, en comparación con la contextura física y la situación en que estaba la víctima. “Las acciones son configurativas del delito. No se quiso (matar) pero se previó. No tiene voluntad de matar, aunque se previó por su actitud de desprecio ante el resultado”, indicó.
Fue claro en asegurar que se “excedió con la detención ciudadana con la innecesaria persecución, cuando ya no había riesgo (de que robara la moto)”. Sabariz dijo no estar de acuerdo con el pedido de los abogados defensores de que la preventiva fuera con arresto domiciliario porque “no se puede ceder a un acto de tortura”.
Los doctores Guerrero, Romero y Moller, integrantes de las defensas de los imputados, argumentaron que acompañaban la carátula del delito pero no el pedido de provisoria tras las rejas. Entendieron que no existía riesgo de fuga del país u obstrucción del proceso por parte de éstos, ya que ninguno poseía las condiciones económicas que mencionó Fiscalía. Además, el doctor Romero dijo que momentos antes de la audiencia le había hecho entrega al juez, para sumar al caso, capturas de pantalla de amenazas contra su defendido hechas por internos del INR. “Dejalo que entre, que la va a pasar bien”, citó el abogado.
Al finalizar, tras lo manifestado por el juez Novella, se dispuso contemplar la medida de prisión preventiva para J.I.B.M y P.S.N.B por el término de 90 días (con cese al 8 de abril) y que sean alojados en un recinto fuera de la cárcel sanducera.
AMENAZA A HIJO DE JEFE DEL BATALLÓN
Una denuncia por amenazas fue presentada en la Unidad de Investigaciones local respecto a una mujer que se acercó a la casa del jefe del Batallón de Infantería Mecanizado Nº 8, teniente coronel Isidro Nieto, y amenazó con que a su hijo “le pasaría lo mismo que a Dávila”.
La mujer le habló a la esposa del jefe a través de una ventana y dijo que su hijo moriría asfixiado. La denuncia fue presentada también ante la fiscal Fuidio. Consultado por EL TELEGRAFO, Nieto declinó hacer declaraciones y dijo que todo lo estaba manejando Comunicación Institucional del Ejército.