Directorio del INAU considera rescindir los convenios CAIF con la Intendencia

Natalia Argenzio, directora del INAU.

“Lo que sucedió del 30 de diciembre en adelante, según el informe de las Subdirecciones Programática, Territorial, Unidad de Contralor Financiero Contable, Departamento Notarial y División Jurídica, es nulo, jurídicamente no corresponde”, dijo a EL TELEGRAFO Natalia Argenzio, directora del INAU. Realizó una visita institucional por tres centros CAIF y el centro Siempre, después que el miércoles compartió este informe jurídico en la sesión del miércoles del Directorio del INAU.
Pero fue más allá al presentar un proyecto de resolución que establece la aplicación “a la Intendencia de Paysandú la sanción de rescisión de los convenios, por haberse configurado faltas muy graves debido a la modificación unilateral de los convenios suscritos entre INAU y la Intendencia de Paysandú para la atención directa de los proyectos CAIF San Félix (1983), Porvenir (1982), Don Bosco (1981), Nuevo Paysandú (1980), Norte (1979), Purificación (1978), Artigas III (1977), Centro (1976) y el proyecto Siempre Jardines del Hipódromo Paysandú (4049)”.
Argenzio asegura que la Intendencia de Paysandú actuó “con claro aparcamiento de los artículos 1291, 1294, siguientes y concordantes del Código Civil, del Reglamento General de Convenios del INAU, del artículo 75 del Tocaf (Texto Ordenado de Contabilidad Y Administración Financiera), desvirtuando la esencia de la política pública consagrada en nuestra normativa en lo referente al posicionamiento de INAU como rector de las políticas de infancia, vulnerando de esta forma también los derechos de los niños atendidos en los mismos”.
La Directora del INAU subrayó que “la Intendencia puede reconocer el error, por desconocimiento de cómo se celebran las políticas públicas de primera infancia” y aseguró que debe “respetarse la trayectoria y garantizar la continuidad de la atención de estos niños y de sus familias. Cada vez que el INAU rescinde un convenio e instala la posibilidad de gestión directa o de un llamado a licitación, lo que se solicita es continuar con los trabajadores que ya estaban contratados, por la entidad con la cual teníamos convenio. Eso es lo que se debe hacer”.
Con esto aseguró que quienes deben volver a ser contratados, en las mismas condiciones, son quienes estaban trabajando al 30 de diciembre de 2020.
La resolución propuesta por Argenzio que será considerada en la próxima sesión del directorio del INAU el próximo miércoles 10, además de quitarle la administración de los centros CAIF y Siempre dispone “la realización de los Llamados Públicos y Abiertos a Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en la gestión de los proyectos CAIF y del proyecto Siempre, llamado que será realizado según las bases vigentes”.
Desde que ya comenzó la atención CAIF 2021, durante el proceso de licitación que propone Argenzio, “la Intendencia de Paysandú deberá continuar con la atención directa de los niños de los proyectos CAIF y del centro Siempre, de acuerdo a lo oportunamente convenido con INAU en los convenios celebrados, hasta tanto se suscriba convenio con la entidad que surja seleccionada del Llamado Público y Abierto”.
Y si la Intendencia expone que no está en condiciones o dispuesta a realizar esa labor, será el INAU quien lo haga directamente en forma provisoria.
Corresponde al Directorio del INAU resolver sobre la propuesta de Argenzio y en sesiones previas no ha mostrado estar de acuerdo, en la medida que el presidente Pablo Abdala votó en contra y el director Aldo Velázquez se abstuvo.
Pero la directora Natalia Argenzio dio a entender que con los informes jurídicos resulta “poco probable” que no se rescinda los contratos con la Intendencia “salvo que se tome una posición político partidaria en lugar de respeto a lo establecido jurídicamente”.
“Le compete al INAU la selección de las entidades y proyectos mediante llamado público abierto que deberá ser realizada por el organismo o por designación directa del Directorio, por lo que la licitación llevada a cabo por la Intendencia de Paysandú es nula a los efectos del ordenamiento jurídico vigente”, dijo Argenzio y concluyó que “es responsabilidad absoluta de la Intendencia de Paysandú las consecuencias jurídicas de la misma y todas las responsabilidades legales que de ella deriven”.