Marcelo Tortorella nombrado Capitán de Puerto

Marcelo Tortorella, designado Capitán de Puerto de Paysandú.

Marcelo Tortorella fue nombrado Capitán de Puerto de Paysandú, de acuerdo a una resolución tomada por el presidente Luis Lacalle Pou y por el ministro de Transporte y Obras Públicas José Luis Falero. Establece que se cumple con la ley 16.246 del 8 de abril de 1992 que “crea la figura del Capitán de Puerto como autoridad coordinadora de todas las actividades en el puerto”. Este es un cargo “de particular confianza y su titular” fue designado entre una terna propuesta por la Administración Nacional de Puertos.

Marcelo Tortorella fue nombrado en la medida que se trata de “una persona notoriamente versada en temas portuarios”.
Tortorella dijo a EL TELEGRAFO que “mi sueño es que el Puerto de Paysandú sea por sobre todo un emporio de trabajo, como lo fue al principio del siglo pasado. Hay mucha expectativa que todo esto suceda porque esa será la línea que vamos a imprimir a la gestión, cuidando el buen vínculo y los servicio con los operadores del puerto, justamente para favorecer la continuidad del trabajo para la gente de la estiba”.

Aseguró que su intención es “promover la articulación permanente con el intendente Nicolás Olivera y su equipo de gobierno, quienes desde el primer día han sido socios estratégicos del desarrollo portuario. Seré el encargado de promover las soluciones que requiera el Puerto de Paysandú, con el apoyo y el acompañamiento que brindará la Intendencia, así como también CARU, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, AFE, Aduana, Migraciones, Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca y Ancap, desde que todos estos organismos tienen intereses concurrentes en la operativa de nuestro puerto, que vamos a potenciar”.

Destacó también que “la Capitanía del Puerto de Paysandú operará como un órgano desconcentrado de la ANP con autonomía funcional. En cuanto a los aspectos funcionales, estará a mi cargo la coordinación de todas las actividades portuarias en el marco general de las competencias y organización establecidas la ley 16.246 que es la Ley de Puertos. En lo que refiere a otras eventuales operativas y actividades portuarias, tendremos especial injerencia en la instalación en Paysandú de un puerto libre o de un puerto seco, donde existe también un ámbito de actuaciones y articulación con los órganos de contralor del Estado”.

El cargo de Capitán de Puerto no había sido ocupado en Paysandú, pero la situación ha cambiado en la medida que “el Poder Ejecutivo ha resuelto potenciar la hidrovía del río Uruguay y jerarquizar la operativa del Puerto de Paysandú. El objetivo es promover la modalidad fluvial para incrementar el volumen de cargas y la operativa en general del puerto sanducero”.
Destacó también “la gran tarea que ha venido realizando desde hace 25 años la Cipup que he tenido el honor de integrar como representante de la Junta Departamental de Paysandú”. Resaltó que “es sustantivo para nosotros que el puerto de Paysandú y de Concepción del Uruguay puedan trabajar conjuntamente o complementariamente para facilitar la expansión del comercio exterior de ambos países y esto incluye, también la posibilidad de insistir en el dragado a 23 pies del canal Casa Blanca para favorecer el ingreso de buques de mayor calado a Paysandú”.