Nuevas presentaciones sobre subsidios que otorga la Ley de Promoción de Empleo en el Centro Comercial

El Centro Comercial fue sede de un nuevo encuentro para difundir los beneficios de la Ley 19.973 de promoción de empleo.

La ley 19.973, de regulación de políticas activas de empleo dirigidas a favorecer el acceso a una actividad laboral remunerada de los jóvenes entre 15 y 29 años, trabajadores mayores de 45 años y personas con discapacidad a través de una gestión online, está vigente desde setiembre de 2021 y continúa su difusión a nivel nacional, a cargo de representantes de las divisiones de políticas de empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Federico Rufinelli, integrante del equipo técnico de la División de Políticas de Empleo y Claudia Hernández, de la División de Desarrollo Territorial de la Dirección Nacional de Empleo del MTSS expusieron los alcances de la iniciativa en el Centro Comercial e Industrial de Paysandú.
Los encuentros “comenzaron el año pasado y este año se repetirán con distintos énfasis en cuanto a algunos programas o subcomponentes de la ley que atiende a la población con mayor vulnerabilidad. Las modalidades de contratación y subsidios a las empresas, varían dependiendo de la población que contraten y los requisitos para las personas”, señaló Rufinelli a EL TELEGRAFO.

La ley atiende a tres grupos poblacionales. Está enfocada en “jóvenes entre 15 y 29 años, mayores de 45 años y personas en situación de discapacidad. Hay requisitos para cada caso, como por ejemplo, el período de inactividad laboral, la existencia de indicadores por debajo de la línea de pobreza o vulnerabilidad socioeconómica”.


Hernández reconoció que “las principales dudas provienen desde el sector empresarial. En realidad, quieren interiorzarse por su contenido, los trámites y las gestiones para contratar a la población incluida en la ley. Porque existe una idea de que la forma de contratación es complicada, que no se puede hacer fácil y el empresario desiste. Por eso, llegan a conocer que se puede hacer 100% online y que es efectiva, de acuerdo a los grupos poblacionales ya mencionados”.

Tendencias

“Las políticas activas de empleo, en general, no logran producir cambios en las tendencias que hay en materia de desempleo. Porque son tendencias que se modifican incluso a nivel regional. La ley promueve el acceso a fuentes de trabajo de personas que pueden tener un rezago más importante para acceder al mercado laboral formal. Hay que pensar que es una herramienta para las personas que se encuentran en la fila de quienes buscan trabajo y tengan la posibilidad de estar más cerca de conseguir empleo”, agregó Rufinelli.
En tal sentido, manifestó su expectativa en “que sea una herramienta que modifique esa trayectoria de desempleo. Pero soy optimista en que cada vez, será más útil para el sector empresarial y ayudará a mejorar la cantidad y calidad de las fuentes de trabajo”.

Beneficios

Los beneficios de contratar bajo esta ley, “son la cantidad de subsidios, acorde a las contrataciones de esta población objetivo. Ese subsidio se hace efectivo a través de un crédito generado por la empresa en el BPS. A la hora de hacer el aporte por un joven, tendrá un descuento en ese aporte patronal”, dijo Hernández.

En relación a los plazos, “manejamos desde que una empresa hace un formulario de postulación –gestionado a través de una plataforma–, hasta que esa persona puede efectivamente comenzar a trabajar en el marco de la solicitud empresarial. Allí, hay un plazo de unos 5 días hábiles aproximadamente. Es decir, la empresa tiene que tener esa semana para realizar el proceso y conocer la modalidad de contratación. La postulación se contesta en tres días hábiles y luego se hace una habilitación del contrato. Tendrá una notificación sobre la modalidad o modalidades de contratación que aplican a la o las personas que propuso la empresa”, informó Rufinelli.

Asimismo, la empresa “puede hacer una búsqueda autónoma en la plataforma que se llama Vía Trabajo. Puede publicar una oferta laboral, así como solicitarle al Centro Técnico de Empleo que funciona en los altos del Mercado Municipal. Allí formula una solicitud de personal para cubrir una vacante. Le hacen una preselección de acuerdo al perfil del cargo que necesite la empresa y se derivan tres personas por cada cargo solicitado”.

Rufinelli destacó que “hay distintas formas de acceder a la contratación de personal en el marco de esta ley e invitamos a que nos llamen o nos escriban por las consultas. Recordamos que pueden contratar las empresas ligadas a Industria y Comercio, rurales, Caja Bancaria, entre otras. Y quedarían por fuera –por ejemplo– el monotributo, servicio doméstico o quienes aportan a la construcción”. En forma paralela, funciona en Paysandú el Comité Departamental de Empleo y Formación Profesional de Inefop. Es, también, uno de los convocantes a estos encuentros y los interesados puede acercarse a consultar o por asesoramiento en la sede de Florida esquina Cerrito.

Los interesados en postular pueden escribir al correo asesoramientoempleo@mtss.gub.uy o llamar al teléfono 1928 interno 1911, donde se encuentra la mesa de asesoramiento para las empresas del MTSS, evacuar consultas y profundizar sobre el uso de la herramienta.