Plantean en la Junta aclaración sobre doblar en calles preferenciales

La controversia, incluso instalada a nivel de los técnicos en la materia, respecto a si quien dobla en una calle preferencial igualmente mantiene la preferencia respecto a quien circula por las transversales, fue motivo de planteo en la Junta Departamental de Paysandú por el edil nacionalista Alejandro Mega, quien trajo a colación ejemplos de opiniones de técnicos reconocidos que opinan de manera diferente entre sí y también de como lo consideran las compañías aseguradoras.

Mega precisó en este ámbito que desde que en la administración anterior, el Frente Amplio incorporara cuatro calles preferenciales en Paysandú, en algunos de cuyos cruces se han instalado incluso semáforos y en los otros carteles de “Pare”, una de las inquietudes o dudas de los conductores radica en el momento de doblar hacia otra calle cuando se viene circulando por la arteria preferencial, por cuanto la norma general indica que en esa circunstancia quien circula por la arteria preferencial pierde esta condición y debe cederle el paso a quien lo hace por la transversal.

Consigna el edil oficialista que sin embargo, siempre ha subsistido la duda de si efectivamente es así, o que la condición de preferencial igualmente se mantiene aunque se doble, porque se trata de un tránsito de privilegio refrendado por las señalizaciones y semáforos correspondientes.

Precisó Mega que ante estas inquietudes, en su momento consultó al anterior director de Tránsito de la Intendencia Departamental de Paysandú y que también lo hizo con el actual, y que ambos le manifestaron que no se pierde la preferencia cuando se dobla, si se va circulando por la preferencial, concepción esta que choca con la de los conductores, que por regla general entienden que se pierde esta preferencia.

Al respecto dijo que desde la Intendencia Departamental de Montevideo, responsables del Tránsito consideran que aunque se doble, quien transita por la calle preferencial mantiene esta preferencia, pero en una posición distinta se encuentran otros expertos e incluso las compañías de seguros, por lo que hay serias dudas sobre lo que corresponde. Precisó Mega que la Ley Nacional de Circulación Vial, la número 18.191, en su artículo 17, se ocupa de esta problemática, pero entiende que no se establece con precisión si se pierde la preferencia, al punto de que de acuerdo a cada departamento esta normativa se aplica de manera diferente. Plantea por lo tanto que estas dudas deberían evacuarse mediante la aprobación de un reglamento interpretativo de lo que establece esta norma nacional de circulación vial y al respecto considera que el punto debería ser analizado en la Comisión de Tránsito, Transporte y Nomenclátor de la Junta Departamental –lo que fue aprobado– a efectos de disipar determinadas interrogantes que se mantienen sobre el tránsito por las preferenciales.