Cambio de paradigma en consideración de todos los animales no humanos

Como expresa el ex juez de la Corte Suprema de Justicia Argentina y destacado doctrino, Eugenio Zaffaroni, en su libro “La Pachamama y el humano” el debate sobre esta temática no es nuevo y puede verse desde la antigüedad. En su obra nos relata que en la Edad Media y hasta el Renacimiento fueron frecuentes los juicios a animales. La idea que dominó a partir de entonces fue la defendida por René Descartes, padre del racionalismo, que consideró a los animales como máquinas, desposeídas de toda alma. Si son máquinas son cosas, objetos, pasibles de ser comprados, vendidos, poseídos, destruidos; en definitiva, dominados.

El Iluminismo fue algo más benévolo. Bentham expresaba que el fin era la búsqueda de la mayor felicidad para todos y se inclinaba a evitar el dolor en todos los seres sensibles, convocando a su respeto y al reconocimiento de sus derechos. Kant, por su parte, limitó la ética y el derecho a las relaciones entre humanos. Y si bien no les reconocía derechos a los animales no humanos, en forma indirecta admitía obligaciones humanas a su respecto, como resultado de la propia consideración de la dignidad humana. Esta ambigüedad frente al tema se extendió en el tiempo y penetró en la filosofía del Siglo XX.

La fundamentación respecto de cuáles son los entes dignos de ser considerados moralmente ha variado sustancialmente desde el racionalismo de Descartes (los seres dignos de consideración son aquellos con capacidad de razonar) al sensocentrismo actual (los seres dignos de consideración son aquellos con capacidad de sentir).

Los seres vivos con capacidad de sentir no son solamente los seres humanos. Expresa la Declaratoria de Cambridge del 7 de julio de 2012 que la mayoría de los animales “pueden experimentar estados afectivos”.

Pero, ¿qué significa que pueden experimentar estados afectivos? Significa que son seres sintientes. “La sintiencia es la capacidad de ser afectado de manera positiva o negativa. Es la capacidad de tener experiencias. No es la mera capacidad de percibir estímulos o reaccionar a alguna acción, como en el caso de una máquina que desarrolla ciertas funciones cuando presionamos un botón. (…) Significa que tienen capacidad de sentir, o sea, que reaccionan a experiencias positivas y negativas y, como mínimo, tienen interés en no sufrir”. (Animal Ethics)
Concluimos, entonces, que no hay razones éticas ni jurídicas para desconsiderar los intereses de los animales no humanos.

Excede el objetivo de este artículo el evaluar las consecuencias económicas que derivarían de asumir dicha consideración, pero no sería este el primer sistema económico que debe readaptarse (ver granja de pieles en Europa) y claramente sería un proceso de muchos años y debería contar con el apoyo de la mayoría de la población.

Mientras conversamos y debatimos estos temas, hay determinados estándares mínimos en los que todos podemos estar de acuerdo: condenar la tortura de un animal, así como su sufrimiento y muerte injustificados es una base de la que todos podemos partir.

Asegurar las 5 libertades reconocidas internacionalmente para el bienestar animal (el animal debe vivir libre de hambre, sed y desnutrición; libre de miedos y angustias; libre de incomodidades físicas o térmicas; libre de dolor, lesiones y enfermedades, libre de expresar su conducta y comportamiento de su especie) es una obligación moral y legal (Ley 18.471). Condenar enfáticamente la violencia hacia los animales que, además, es un indicador de violencia intrafamiliar, porque la violencia es una sola.

En definitiva y como expresa el Profesor Zaffaroni: “Lejos de ser nuevo, el tema replantea la cuestión de los derechos de entes no humanos. El debate a este respecto puede remontarse a la antigüedad. Desde la tradición griega hasta el presente se cruzan dos posiciones: o bien los humanos somos unos convidados más a participar de la naturaleza o esta se creó para nuestro hábitat y, por ende, disponemos del derecho sobre ella (administradores, propietarios, con diferente intensidad de derechos)”.

Los invito entonces a reflexionar sobre nuestro lugar en el mundo y el lugar de los demás animales no humanos.

Dra. Verónica Ortiz, Diplomada en Derecho de los Animales – UMSA – Bs As.