Al menos en Uruguay, este año se ha hablado como nunca antes de salud mental. Los tiempos electorales han marcado la agenda, integrando este tema en los programas de gobierno de los distintos partidos políticos. Sin embargo, la creación de la Ley 19.529 de Salud Mental, promulgada en 2017 y reglamentada en 2018, estableció un paradigma de atención que los propios profesionales saben que no puede cumplirse en su totalidad.
La iniciativa contiene siete capítulos y 48 artículos que abordan los derechos de los usuarios, el trabajo interinstitucional, las prestaciones, la capacitación de recursos humanos y la creación de un órgano de contralor.
El artículo 38 prohíbe la creación de nuevos asilos y establece que “los ya existentes deberán adaptar su funcionamiento a las prescripciones de esta ley, hasta su sustitución definitiva por dispositivos alternativos”. Además, se establece que “se implementarán acciones para el cierre definitivo de los mismos y la transformación de las estructuras monovalentes. El desarrollo de la red de estructuras alternativas debe iniciarse con la entrada en vigencia de esta ley”.
La ley define que “el Poder Ejecutivo establecerá en la reglamentación de la presente ley el cronograma de cierre de los establecimientos asilares y estructuras monovalentes. El cumplimiento definitivo del cronograma no podrá exceder el año 2025”.
Desde antes de comenzar la actual administración y previo a la pandemia, no estaban dadas las condiciones para el cierre de los establecimientos asilares, ya que en el momento de sancionar la ley ya se habían definido los presupuestos y era poco probable que durante los siguientes cinco años se pudiera implementar.
En los últimos años, se han redireccionado algunos cambios establecidos en la ley con la creación de las denominadas casas de medio camino, pero aún permanecen —de acuerdo con el expresidente de ASSE, Leonardo Cipriani— más de 400 personas en las colonias, algunas de las cuales llevan años internadas.
De hecho, el exjerarca afirmó que no era posible cumplir con los plazos establecidos en la ley y, a poco de finalizar el 2024, se confirma tal posibilidad.
En primer lugar, es posible reconocer que siete u ocho años no son suficientes para transformar un paradigma de internación y dotar de recursos para la atención en distintas áreas. Por lo tanto, es el resultado de una política de Estado que requiere más tiempo que una o dos administraciones.
La falta de recursos es un argumento previsible, pero siempre ha sido un problema. La necesidad de radicar recursos humanos en el Interior y de capacitar a operadores comunitarios —tal como establece la ley— es, también, una política de largo aliento.
Los llamados efectuados por el principal prestador público no han resultado atractivos para la radicación de profesionales más allá de la zona metropolitana. Y en uno de los principales lugares de referencia en la atención a la salud mental, como el Hospital Vilardebó, se registran frecuentes denuncias sobre la falta de psiquiatras. Todo esto ocurre en un país que tiene promedios similares a países europeos en la existencia de estos profesionales per cápita.
Las dificultades que persisten para el cierre de los asilos son la falta de lugares alternativos y los recursos necesarios para que los usuarios adquieran cierta autonomía que mejore su recuperación. De acuerdo a las edades, hay situaciones donde escasean los vínculos familiares. A menudo se trata de personas que llevan décadas internadas y son mayores, o las problemáticas vinculadas a las adicciones han roto los lazos de cercanía.
Otros casos refieren a personas internadas porque no tienen vivienda, lo que demuestra que junto a la ley no se delineó una estrategia que contemple soluciones habitacionales y la inserción laboral de quienes pueden convivir en sociedad. En cualquier caso, pero particularmente en estos, salir a la calle no es una opción.
Definir el cierre de los establecimientos asilares en 2025, sin resolver primero hacia dónde se trasladarán las personas, es un camino que quedará incompleto.
El Ministerio de Desarrollo Social ha brindado algunas soluciones en este sentido. No obstante, tal como indica la ley, el esfuerzo debe ser “interinstitucional”, ya que el usuario debe vincularse con propuestas laborales, culturales y de atención terapéutica que no abarcan a una sola secretaría de Estado.
En medio de estas situaciones, se han abierto nuevos centros de atención a las adicciones que implican internaciones prolongadas; por lo tanto, la “desmanicomialización” se hará difícil en el tiempo. Además, los cambios en la formación y la resistencia a la participación de nuevos actores generan obstáculos para la aplicación plena de la ley.
Hacen falta programas de prevención en el mismo sentido en que están definidas las denominadas “metas prestacionales” en la salud en general. Paralelamente, es notoria la desinformación en la población acerca de los contenidos de la ley de salud mental y las prestaciones que brinda a las personas con intentos de autoeliminación o depresión, así como a sus familias.
La misma ley estableció una comisión de contralor que en diciembre del año pasado presentó un documento centrado en los “puntos críticos en el proceso de implementación de la ley”, las fragilidades en la atención a las personas con trastornos severos y sus familias, además de la necesidad de compatibilizar la ley con el cambio de paradigma.
Esto es necesario en función de las estadísticas que cada año indican que Uruguay sostiene una de las tasas de suicidio más altas de la región, así como altos índices de depresión y otras afecciones, particularmente en la población joven. La geografía y la población permiten que en el país se obtengan estadísticas transparentes que probablemente no sean similares en la región. Por esa razón, con el diagnóstico en mano, urge actuar en un territorio donde los problemas de salud mental son tan presentes.

