Solicitada

EL FRENTE AMPLIO: DEFENDIENDO LO INDEFENDIBLE
Todo país (y el nuestro no es la excepción) se mueve dentro de un marco legal constituido por la constitución, las leyes, y otras normas de menor jerarquía que una serie de organismos controlan que se cumplan. En este gobierno del FA ha sucedido que la excepción se ha convertido en regla pues nunca se han declarado como tantas normas “inconstitucionales”.
Entre esos organismos que se encargan de controlar que se actué de acuerdo con la ética se encuentra la Jutep (Junta de Transparencia y Ética Pública) creada en el año 2008, con cometidos precisos, compuesta por tres miembros designados por el presidente de la República, actuando en consejo de ministros, previa venia de la Cámara de Senadores otorgada por 3/5 de votos del total de sus componentes, entre personas de reconocida experiencia y solvencia profesional y moral.
Este organismo (Jutep) se ha expedido en dos oportunidades sobre el tema de la Directora Gral. Interina de la junta departamental de Paysandú, la primera el 26/02/2018 y la segunda el 29/08/2018 y en los dos casos llego a la misma conclusión: “que el actual desempeño de funciones por parte de la Directora de Secretaria Interina, Graciela Inthamoussu, es contrario a la norma vigente para los funcionarios de la Junta departamental de Paysandú ya que se está vulnerando lo dispuesto por el artículo 108 del estatuto vigente”. ¿Y qué dice este artículo? El artículo 108 dice que “los funcionarios que registren sanciones de suspensión como consecuencia de su responsabilidad comprobada en el ejercicio de funciones o tareas relativas a la materia financiera, de adquisiciones, de gestión de inventarios o el manejo de bienes o dinero, no podrán prestar servicios vinculados a dichas áreas o actividades”.
La directora de Secretaría interina posee dos sumarios, según consta en el dictamen de la Jutep. En el primero se dispuso una suspensión de 15 días y el segundo de 60 días (y en los dos casos sin goce de sueldo) porque “utilizó en beneficio propio la suma de $ 4.000 (pesos uruguayos cuatro mil) de la caja chica de la oficina que dirigía”. A pesar de estos antecedentes, esta funcionaria es una de las personas encargadas de firmar cheques en la Junta Departamental de Paysandú.
Por eso con fecha 20/09/2018 la Bancada de Ediles del Partido Nacional le reclamó al presidente de la Junta Departamental de Paysandú “la remoción inmediata de quien ocupa la Dirección General de secretaria de esta Junta Departamental en forma interina” preocupados porque entienden que “El mantenimiento ilegal en el cargo de quien hoy lo ocupa podría aparejar consecuencias de diversa índole para este cuerpo legislativo, sobre todo por ser pasible de responsabilidades a nivel judicial en tanto podría entenderse que lo actuado hasta el momento podría verse viciado por nulidad”.
Con todos estos argumentos el presidente de la Junta Departamental tendría que actuar rápidamente y llamar a concurso por dicho cargo, en bien de la cristalinidad pública, porque los políticos son simples administradores de la cosa pública y no deben manejar las leyes según les convenga. Desde el momento en que se acepta convivir en un país con determinado marco legal, se debe aprender a jugar con estas “reglas de juego” y ser respetuoso con el adversario. Lamentablemente hoy la junta departamental de Paysandú es ejemplo de lo contrario pues el partido de gobierno coarta sistemáticamente la libertad de expresión de los ediles, tratando de ignorar o encubrir las enormes irregularidades en las que ha caído la administración frenteamplista.
“En política lo importante no es tener razón, sino que se la den a uno”. Konrad Adenauer
Manuel Bercianos Hesseger