Comenzó a regir gradualidad en multas por exceso de velocidad en Montevideo

(EL PAÍS)
La Intendencia de Montevideo promulgó el decreto, aprobado por la Junta Departamental, que fija una escala de valores para las infracciones por exceso de velocidad, según la gravedad del exceso cometido sobre el límite máximo establecido.
La norma, que ya empezó a regir, establece una escala de valores de 5 a 12 UR según la gravedad de la infracción. Son tres niveles de valores que comienzan a partir de superar en 20 km/h el límite permitido, y sanciones que varían entre 5 y 12 UR.
El exceso de velocidad es uno de los principales factores de riesgo para la seguridad vial, sobre todo en accidentes con peatones. A mayor velocidad, mayores daños y lesiones más graves. Además, el incremento de la velocidad reduce la capacidad de reacción y la distancia de frenado.
La probabilidad de un peatón de morir en un accidente crece con la velocidad a la que se produce el impacto con un vehículo: a 30 km/h la probabilidad de heridas mortales es del 10% –es decir, que el 90% de los peatones sobrevive–, mientras que a partir de 60 km/h la probabilidad de fallecimiento es de casi el 100%, según varios estudios internacionales de la Organización Mundial de la Salud y OCDE /ECMT (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos/ Conferencia Europea de Ministros de Transporte).
A partir de la nueva normativa, dentro del primer tramo se multará con cinco unidades reajustables a los conductores que sobrepasen por hasta 20 kilómetros por hora el límite de velocidad permitido.
En el segundo tramo, que comprende los excesos de velocidad entre los 20 y 30 kilómetros por hora por encima del límite autorizado para circular, se aplicará una sanción de 8 UR.
El tercer escalón, que prevé sancionar a los vehículos que se excedan por encima de los 30 kilómetros por hora, implicará la aplicación de una multa de 12 UR.