El reclamo de los jugadores por el derecho de imagen

Pocos minutos después de comenzara la reunión desarrollada el sábado anterior en Paysandú, entre jugadores de diferentes puntos del Interior, representantes de la Mutual de Futbolistas Profesionales y el excapitán celeste, Diego Lugano, cada participante recibió un repartido para explicar a ciencia cierta qué es el derecho de imagen.
Lugano explicó la lucha de la selección en este tema, y cómo se arregló con la AUF. La Mutual recordó su pelea, que todavía no tiene final, y que seguramente terminará con un reclamo judicial.
Pero, ¿qué establecían esas seis carillas? Que el derecho de imagen “es un derecho de la personalidad y un derecho humano fundamental”, agregando que está “protegido por la Constitución, las leyes y tratados internacionales con valor y fuerza de un derecho de propiedad”, por lo que “los futbolistas podemos autorizar o no el uso de nuestras imágenes, y beneficiarnos de su valor comercial”.
Además, se dejó constancia de cual es la protección de las leyes y qué es lo que se tiene derecho a autorizar.
En caso de que se utilicen las imágenes de los jugadores, éstos tienen “derecho a un reclamo judicial”, así como que el monto que se puede reclamar por derecho de imagen es “el precio justo del mercado”, que solo puede conocerse “si se hace un llamado”, respetando “la libre competencia y que los agentes compitan libremente en el marcado y paguen lo que el fútbol realmente generan”.
Los futbolistas aseguran que, en el caso puntual del contrato entre Tenfield y OFI, podría pedirse la nulidad “por posible falta o vicio del consentimiento, nulidad del objeto y/o porque afecte la libre competencia”, según lo señalado.