Portuarios piden apoyo para sancionar norma que asegure mínimo de 13 jornales mensuales

Los trabajadores nucleados en el Sindicato Portuario de Paysandú se reunieron este viernes con autoridades departamentales y legisladores a efectos de plantear su aspiración de que se apruebe por ley el mínimo de trece jornales mensuales para los trabajadores de la estiba, a efectos de que puedan tener un mínimo de seguridad para poder acogerse a beneficios como el Seguro por Desempleo y Fonasa, así como ingresos que les signifiquen cierta estabilidad laboral.
Así lo transmitieron en encuentro celebrado en la sede gremial con el intendente Guillermo Caraballo, el diputado nacionalista Nicolás Olivera, el representante por el Frente Amplio Martín Pitetta (Walter Verri se excusó por no poder asistir), representantes de la Administración Nacional de Puertos (ANP) encabezados por el administrador del puerto sanducero, Jorge Granja, y dirigentes sindicales portuarios del Interior, caso de Carlos Torres, Alvaro Reinaldo y Ruben Rodríguez, además de integrantes de la Comisión Intersectorial pro Puerto Ultramar de Paysandú (Cipup).
La problemática afecta sobre todo a los trabajadores de los puertos del Litoral, dado que son los que tienen menos horas de trabajo y por lo tanto hay períodos en los que no llegan a este mínimo, lo que les afecta sus ingresos y la posibilidad de poder acogerse a prestaciones de protección social.
Asimismo, señalaron que es su aspiración que se respete una Bolsa de Trabajo, sobre todo en los puertos del Interior, donde se presentan las mayores dificultades. En 2015 se aprobó un decreto presidencial que otorgaba este mínimo de trece jornales, pero esta norma fue recurrida por los empresarios y se les dio la razón por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), pero el planteo de los portuarios fue recogido posteriormente por el artículo 116 de la última Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, aunque su entrada en vigencia ha sufrido sucesivas postergaciones, por lo que los trabajadores han planteado a las autoridades y parlamentarios sanduceros que sigan apoyando este artículo.
Precisamente los dirigentes del sindicato portuario hicieron hincapié en el apoyo que han recibido desde las autoridades de Paysandú, caso del intendente Caraballo y de los tres diputados que en su momento alzaron la mano para aprobar el artículo que contempla su aspiración de trece jornales mensuales.
A su vez, cuando se ha ingresado en período electoral, han considerado oportuno replantear su inquietud y en este encuentro han logrado nuevamente el apoyo de los legisladores y autoridades departamentales para la instancia parlamentaria, aspecto este que fue destacado a EL TELEGRAFO por el dirigente portuario sanducero Aníbal Silva.
Señaló que para poder acogerse al Seguro por Desempleo y Sistema Nacional de Salud “se exige tener aportado un mínimo de trece jornales, pero también para una cooperativa de vivienda se pide un recibo, una estabilidad laboral, como asimismo para acceder a créditos se exige un ingreso mínimo por mes y a veces los eventuales jornaleros no llegamos a eso”.
Recordó que en setiembre de 2015 por decreto presidencial se obtuvo que todas las empresas que trabajan con contenedores debían asegurarles trece jornales mensuales, pero la empresa Terminal Cuenca del Plata formuló una denuncia para recurrir la legalidad del decreto y fue así que en 2018 el Tribunal en lo Contencioso Administrativo dejó sin efecto ese decreto.
Igualmente, por Rendición de Cuentas en su artículo 116, se votó en el Parlamento este mínimo de trece jornales, pero se ha ido postergando sucesivamente su entrada en vigencia y se espera que pueda finalmente votarse en el Parlamento, para lo que hay un preacuerdo. “Como en agosto-setiembre ya no hay más reuniones parlamentarias, queremos que se apruebe definitivamente y se aplique esa ley”, subrayó Silva.

OPOSICIÓN DE EMPRESARIOS

Desde el Centro de Navegación del Uruguay se ha manifestado oposición al proyecto y se recurrió el decreto presidencial de 2015, lográndose en 2018 que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo anulara con efectos generales y absolutos el decreto 248/015 por el que se había establecido que las empresas operadoras portuarias, estibadoras de contenedores, debían pagar 13 jornales a todo su personal eventual, sin importar cuántos jornales trabajaran aun cuando solo fueran dos días a bordo de un barco maderero o un pesquero. La doctora Mónica Ageitos, gerente ejecutiva del Centro de Navegación, dijo que cuando esta norma fue aprobada, “tanto el Centro de Navegación como los operadores presentaron recursos administrativos para luego accionar ante el TCA”.
“El Centro de Navegación advirtió, en ese momento, que este era un antecedente muy peligroso y que el sindicato intentaría ampliar esa solución a todas las empresas portuarias del país. Y así fue.
En la Ley de Rendición de Cuentas, aprobada el año pasado, el sindicato logró incluir, a último momento, el artículo 116 por el que se establece que se le debe pagar a todo el personal eventual que trabaje en muelles o explanadas, así como en los depósitos portuarios y extraportuarios un mínimo de 13 jornales”, señaló.
Según esta gremial empresarial, esta obligación traería graves problemas, que a su juicio “haría inviables muchos de los negocios eventuales que hoy se dan en el puerto. Esta obligación llevaría a las empresas a cerrar, con la consecuente pérdida de puestos de trabajo. Por ejemplo y entre otros, descarga de autos, fertilizantes y exportación de arroz a distintos mercados”.
Fue así que lograron que se prorrogara la vigencia del artículo 116, que aún no es aplicable, tras un acuerdo preliminar, firmado entre el Supra (Sindicato Único Portuario y Ramas Afines), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el Cennave (Centro de Navegación).