Unas 17.500 personas se desafiliaron de las AFAP, de las cuales 517 son sanduceras

A un año de aprobada la ley llamada “de cincuentones” y que habilita a personas cercanas a la edad de jubilación a desafiliarse de la AFAP y jubilarse solo por el Banco de Previsión Social (BPS), el 66% de los que estaban habilitados para hacer la gestión solicitaron asesoramiento para confirmar si estaban entre los que podrían recibir una jubilación mayor cobrando solo por el BPS o si les convenía más quedar en el sistema mixto, BPS-AFAP. En tanto, sólo un 25% optó por desafiliarse hasta el momento.
El director del BPS en representación de los trabajadores, Ramón Ruiz, entregó a EL TELEGRAFO el informe de la Dirección Técnica de Prestaciones, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Económicas del Banco de Previsión Social, donde se establece que el pasado 31 de marzo culminó el plazo para solicitar agenda a quienes se encontraban comprendidos en la primera etapa, y que habían cumplido 56 años antes del 1º de abril de 2016. Al mes de diciembre de 2017, el relevamiento del BPS dio como resultado que aproximadamente 157.860 personas cumplían con los requisitos previstos en la normativa.
Del total de comprendidos en la llamada “Etapa 1”, que fueron 70.423 personas, solicitaron asesoramiento 46.339, concurrieron a asesorarse 41.828 y optaron por la desafiliación 17.492. No optaron por desafiliarse, sino que cobrarán de las dos instituciones, 20.591 personas, pero aún restan ser asesoradas unas 10.000.
En cuanto a la AFAP que estaban afiliados, 12.252 eran de AFAP República, 2.539 de Sura; 1.587 de Unión Capital y 1.282 de Integración.

LOS DATOS DE PAYSANDÚ

Del total nacional de personas habilitadas, el 3,22% correspondió a Paysandú, que ocupó el cuarto lugar nacional en cantidad de solicitudes y desafiliaciones, detrás de Montevideo, Canelones y Maldonado. Aquí, hicieron la gestión de asesoramiento en esta primera etapa exactamente 1.347 personas, de las cuales 517 optaron por la desafiliación de la AFAP y volcar su capital al BPS, mientras que fueron 830 quienes siguieron con el sistema mixto, BPS-AFAP.
Ahora comienza la segunda etapa hasta el 31 de marzo de 2020, donde corresponderá asesorar a quienes tenían entre 53 y 55 años de edad al 1º de abril de 2016. Se estima, según los datos del BPS, que el total de personas que podrán consultar es de 42.741 afiliados, de los cuales 18.387 son montevideanos y 18.695 son del Interior, y hay 5.659 personas que no se detalla su residencia. Ya fueron atendidos o están agendados para la segunda etapa en Paysandú 73 personas que hoy tienen entre 56 y 58 años de edad.

AGENDARSE POR TELÉFONO O LA WEB

Las personas que estén comprendidas en esta etapa, pueden solicitar agenda para realizar el asesoramiento a través del 0800 5060, página web institucional del Banco de Previsión Social o de forma presencial en las distintas oficinas habilitadas.
Para los afiliados que tenían entre 50 y 52 años al 1º de abril de 2016, la fecha de atención será entre el 1º de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.
Aquellos que registren actividades bonificadas y accedan al cómputo especial –como por ejemplo las maestras según la cantidad de hijos que tengan– pueden anticipar su etapa ya que se considerará la edad real más la correspondiente bonificación para determinar la etapa. Asimismo quienes fueron declaradas con incapacidad absoluta y permanente para todo trabajo, también podrán anticipar la solicitud de asesoramiento desde la configuración.

LAS CONDICIONES PARA DESAFILIARSE

La Ley 19.590, establece condiciones específicas para la desafiliación de las AFAP y la renuncia al Régimen Mixto de jubilados, no es para todos los “cincuentones”.
La normativa establece que podrán optar por desafiliarse de la AFAP o renunciar al Régimen Mixto aquellos trabajadores y jubilados que cumplan varias condiciones, como haber tenido 50 años o más de edad al 01/04/2016, que hayan sido afiliados obligatoriamente al Régimen Mixto y sus ingresos hayan superado en alguna oportunidad el nivel 1 (hoy monto vigente de $57.846) entre el 1º de abril de 1996 y el 31 de marzo de 2018.
Quienes se encuentren comprendidos en la ley, podrán solicitar recibir una instancia de asesoramiento por parte del BPS dentro de plazo determinados, que se basará en la información registrada en BPS, BSE y en la AFAP así como la que pudiera aportar el interesado. El asesoramiento consiste en un análisis de la trayectoria laboral del afiliado y una proyección estimada de la eventual jubilación y renta a las que podría acceder según la decisión que adopte.