Analizan franja para aplicar agroquímicos solo en forma manual cerca de poblaciones

La Unidad de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de la Intendencia Departamental de Paysandú está elaborando una modificación (no sustancial) del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de Paysandú, –el mismo incluye la zona de Chacras de Paysandú– para reglamentar la aplicación de agroquímicos a través del establecimiento de una franja en la que solo se pueda aplicar de forma manual, en la cercanía de lugares habitados.
La información se conoció tras ser analizada en Comisión de Higiene y Medio Ambiente de la Junta Departamental de Paysandú, una inquietud de la Ing. Agr. Ana Tersaghi De León, respecto a la normativa de distancia mínima para aplicación de agroquímicos en centros poblados, en base a la respuesta de la Arq. Natalia García, de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de la Dirección General de Obras de la Intendencia Departamental. El planteo fue derivado al último plenario de la Junta Departamental de Paysandú, que aprobó el archivo del tema recomendado por la comisión.
La Arq. García expuso que en esta problemática “la preocupación por la ciudad de Paysandú, es un tema que sigue con discusión en vigencia. Si bien se encuentra reglamentado en el Decreto 7719/2018, en artículo 65 Regulaciones para la producción a distancias mínimas para la aplicación de agroquímicos: Se prohíbe la aplicación aérea de agroquímicos tales como plaguicidas, herbicidas, fungicidas en el ámbito de aplicación del presente Plan, es decir tanto en zonas urbanas como en las zonas suburbanas con producción existentes”.
Destacó que “se prohíbe la aplicación terrestre mecanizada en cultivos extensivos e intensivos de agroquímicos tales como plaguicidas, herbicidas, fungicidas, a una distancia menor a 500 metros desde el límite de zonas urbanas definidas en el presente decreto y centros de estudio, manteniendo una distancia mínima de 25 metros del límite del predio lindero”.

MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL
Informó al respecto que “a la fecha la Unidad de Ordenamiento de Intendencia de Paysandú está elaborando una modificación no sustancial del Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la ciudad de Paysandú. El mismo incluye la zona de Chacras de Paysandú. Se entiende atendible la inquietud de la Ing. Agr. Ana Terzaghi, respecto a la regulación de distancias mínimas establecidas”.
Asimismo indicó que “se considera adecuado regular con mayor definición estas aplicaciones, sobre todo por la zona donde se ubican. Se mantuvieron reuniones con la Oficina de Desarrollo Rural de la Intendencia, coincidiendo en la misma preocupación. Con fecha 8 de abril de 2019, mantuvimos reunión con el Ing. Agr. Pablo García, del MGAP, respecto de este tema, manifestando interés por parte de esa institución en resolver de la mejor manera esta situación, en el entendido que la regulación del Plan Paysandú prohibe absolutamente la aplicación aérea de agroquímicos, y permite, manteniendo ciertas distancias, la aplicación terrestre mecanizada”.
La Arq. García precisó en este sentido que “se propone que como una alternativa más restrictiva respecto al uso de la aplicación terrestre mecanizada, se introduzca una nueva zona de no aplicación terrestre mecanizada, pero sí manual, con mochila. Esta nueva zona sería regulada en el Plan y se está estudiando qué alcance tendría. En principio se maneja una faja de 75 a 100 metros donde solo se podría aplicar con mochila”.
Agregó que “en términos generales, el esquema sería: Primeros 25 metros del límite de predio lindero: prohibición de aplicación. A continuación de los mismos, una faja de 75 metros a 100 metros de aplicación manual con mochila. Por último, si resta área disponible, aplicación terrestre mecanizada. Este esquema permite una graduación por sectores respecto a los posibles efectos adversos que pudieran ser ocasionados por la aplicación, en el entendido que deben convivir las actividades, la productiva, la residencial y la de servicios, permitidas como uso de suelo en la zona suburbana”.
“Concluyendo, esta modificación se incorporará a la normativa vigente como una modificación no sustancial al plan, en cuanto se defina la distancia de la nueva faja de intersección de aplicación manual”, sostuvo la titular de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de la Intendencia Departamental.