Medida que favorece la libertad del elector

Por resolución de la Corte Electoral, en mayoría, no se aplicará en las elecciones municipales de mayo venidero la inhabilitación en cuanto a la participación de dirigentes de un partido que comparecieron en las elecciones internas, como candidatos de otro partido en los comicios para los municipios, lo que abre el espectro a posibles acuerdos y reafirma la idea primaria de que el elector pueda elegir al mejor vecino para el cargo, en lugar de quedar encorsetado en los partidos.
Es así que para ser candidato a los municipios, no se aplicará en las elecciones municipales la inhabilitación prevista en el literal G de la Disposición Especial y Transitoria (letra W) de la Constitución de la República, en lo que implica destrabar la posibilidad de acuerdos en los departamentos para votar bajo un mismo lema.
La resolución por 5 votos a 4 en la Corte Electoral, indica sin embargo que hay diferencias de interpretación, y que de una u otra manera quienes votaron en el órgano rector electoral han seguido más lineamientos políticos que jurídicos, habida cuenta de que por regla general hay dos bibliotecas en las interpretaciones, salvo en lo que refiere a normas básicas que no dan espacio para la discusión.
El punto es que este cambio incorpora modificaciones sustanciales a la elección municipal anterior que se celebró en 2015, y que ha tenido un aporte significativo en aras de la descentralización de los gobiernos de comarca, dando lugar a la conformación de municipios que sustituyeron las anteriores juntas locales e incorporado la figura del alcalde y de los concejos municipales.
Es decir, que la idea de la normativa ha sido la de alguna manera descentralizar la gestión, permitiendo que en cada municipio se instituyan alcaldes y concejales, sin que necesariamente estos gobernantes respondieran al partido político ganador de la elección departamental sino que, como es buen ejemplo Paysandú, con un intendente del Frente Amplio han coexistido cuatro municipios con alcaldes de otros partidos, de los cuales tres son nacionalistas y un colorado.
Ello está muy bien si tenemos en cuenta que lejos de imponerse desde el gobierno departamental, asentado en la capital, cuáles son los delegados del gobierno –como ocurre en las juntas locales–, los habitantes de cada municipio o comarca se dieron a sí mismos su gobierno, eligiendo al vecino que han considerado como el más capaz o mejor calificado para el cargo, fuera del partido que fuera.
Tenemos por lo tanto que la decisión de la Corte Electoral permitiendo la incorporación de candidatos a los municipios por encima de cómo han comparecido en las elecciones internas, de alguna forma contribuye a diluir aún más las fronteras partidarias y apostar a la figura del mejor vecino por encima de las ataduras ideológicas o de filiación partidaria.
Naturalmente, aquí entran a tallar los intereses políticopartidarios en cuanto a la conveniencia o no de esta decisión, y una clara demostración de ello reside en el hecho de que la decisión fue muy bien recibida por los partidos que convergen en la coalición multicolor, y rechazada por los dirigentes del Frente Amplio, ante el convencimiento de que esta flexibilidad de alguna forma promueve o facilita el pasaje de votos, a favor o en contra, de determinada propuesta partidaria dentro de los municipios.
En este sentido, el diputado nacionalista Nicolás Olivera expresó a nuestro medio periodístico que la elección departamental es en esencia distinta a la nacional, y que se conjugan elementos locales que hacen que la población se pronuncie obviando las fronteras partidarias, como ya ha venido ocurriendo y que en el caso de los municipios esta posible presentación de candidatos abre el espectro para que la ciudadanía se pronuncie con mayor libertad.
Expuso así que “va a ser una herramienta más para generar acuerdos, pero debemos ser claros en el sentido de que las fronteras partidarias rumbo a mayo se desdibujan, porque la gente no está tan atada a los partidos sino a los proyectos singulares o colectivos de cada candidato. A nivel departamental ya se ve una fuerte tendencia de que gente de otros partidos vote a otros candidatos que no eran de su colectividad política, y a nivel municipal eso se da todavía mucho más”.
En cambio, esta medida ha sido objeto de duras críticas desde el Frente Amplio, cuyos dirigentes han enfatizado que se trata de un cambio en las reglas de juego a cuatro meses de las elecciones municipales, y que la nueva interpretación solo se debe a la mayoría que tiene la coalición en la Corte.
Debe tenerse presente que esta resolución de la Corte no alcanza a candidatos a ediles e intendentes que, de acuerdo a la normativa vigente, si fueron candidatos en las internas por un lema, están inhabilitados para ser candidatos por otro lema en las elecciones nacionales y departamentales inmediatas, pero ahora sí pueden hacerlo en las municipales.
E igualmente, en cuanto a una efectiva descentralización y mejor gestión de los gobiernos municipales en cada departamento, el talón de Aquiles ha radicado en el hecho de que si bien se ha instrumentado la libertad para el elector de las zonas del interior del departamento para elegir a sus autoridades, los municipios siguen dependiendo de la llegada de los recursos desde el ejecutivo departamental, entre otras limitaciones a su independencia, lo que ha generado sistemáticamente reclamos desde las alcaldías por la no llegada en tiempo y forma de los recursos.
Por lo tanto, más allá de esta flexibilización desde el punto de vista electoral ante la nueva interpretación de la Corte Electoral, tenemos que la normativa, tal como ha sido redactada, sigue coartando el funcionamiento e independencia administrativa de los municipios.
Consecuentemente, en los hechos la descentralización es más aparente que real, y siempre se termina dependiendo del talante o disposición del ejecutivo departamental, sea o no del mismo partido, lo que por regla general naturalmente se agrava cuando se trata de gobiernos de partidos distintos, lo que da la pauta de la necesidad de que se promuevan los correctivos indispensables en la norma, para que la descentralización no quede en los papeles, ante la porfiada realidad.