Muerte de Soledad Gómez en emergencias de Comepa “se podría haber evitado”, dice el informe final del ITF

El pasado jueves 2 de agosto, Victoria Soledad Gómez Portillo hubiera cumplido sus 28 años. Sin embargo, su familia no pudo celebrar. A tres años de su fallecimiento –el 19 de setiembre de 2017 en Comepa–, han surgido nuevos elementos de la investigación que permiten concluir que su muerte “obedeció a un acto de mala praxis médica y que se causó un homicidio culposo”, explicó el abogado de la familia.
El deceso de la joven, que acudió a una consulta por un malestar estomacal, “se podría haber evitado” dice el informe de los forenses Ruben Arias y Federico Alonso, del Instituto Técnico Forense, al cual EL TELEGRAFO accedió, si se hubiera dejado constancia en su historia clínica de la reacción alérgica que tuvo un año antes a la administración de Primperan, fármaco que le dieron en el servicio de emergencias y desencadenó su muerte.
Con el informe de la Junta Médica solicitado por Fiscalía, se deberá aguardar la decisión de la Justicia en caso que hubiere responsabilidad penal por el médico que la atendió en 2016 –horas después de haberse practicado una cesárea– y omitió dar cuenta de la “reacción alérgica medicamentosa”.
Esta omisión se encuentra reglamentada por el Sistema Nacional de Farmacovigilancia bajo la ordenanza del MSP Nº 798, donde se establece que: “Si se sospecha que una reacción alérgica puede estar relacionada con un medicamento o una combinación de medicamentos o hierbas medicinales”, se complete la RAM (Reacción adversa a medicamentos) y además se “advierta al paciente” y se cree una “alerta visual” de forma notoria en la historia clínica asistencial.

CONSULTÓ EN EMERGENCIAS POR DOLOR ABDOMINAL

A las 23.35 del 18/9/2017, Soledad ingresó al servicio de emergencias de Comepa para ser asistida de un malestar abdominal. La joven, que vivía en Pueblo Esperanza junto a su pareja y su pequeño hijo de 15 meses, ingresó al box sobre las 00.09 del 19.
Sobre las 00.18, una médica ordenó suministrarle por vía intravenosa tres medicamentos conocidos como Buscapina, Ranitidina y Primperan en un suero fisiológico de 100 cm³. Esa orden médica, de acuerdo a la misma historia clínica, fue cumplida un rato más tarde por un enfermero.
Al acelerar el goteo, la joven dijo sentir que se le aceleraba el corazón y tenía ganas de vomitar. A la 1.25 advertida por la situación, le cortaron el circuito y se la recostó. Dada la situación, la trasladaron a la sala de Reanimación. A la 1.44, le dijeron a su pareja que había fallecido producto de un paro cardíaco.
En la historia clínica consta que la paciente dijo “no ser alérgica a medicamentos”. Sin embargo, sus familiares señalaron en la denuncia que ese texto es inexacto. Afirmaron que cuando Soledad fue consultada sobre si era alérgica, habría dicho que lo desconocía.
Ante la duda de las causas de la muerte, sus padres y su concubino por sí mismo y en representación del hijo de ambos, presentaron denuncia penal.
En setiembre de 2017 se realizó la exhumación de los restos de Soledad. Continuadas las actuaciones, se hizo una Junta Médica donde se indica que el diagnóstico de muerte hecho por la doctora que la atendió en que se refiere a “reacción a medicamentos” deber ser considerado válido.
Y que: “En la asistencia brindada en junio de 2016 se encuentra una imprudencia en el proceder del médico que constató la reacción alérgica, tanto en el llenado de la historia clínica al no escribir el episodio ni informarlo como una RAM como medida de gestión de riesgo (…) como también al momento de no informar a la paciente ni educar a la misma en cuanto a la reacción que tuvo y al fármaco vinculante. También hubo imprudencia al no solicitar la valoración en la evolución por especialista a fin de diagnosticar de manera fehaciente la reacción alérgica medicamentosa”.
En conclusión, expresa el documento, “no se tomaron por parte del médico tratante en primera instancia ni por la institución (Comepa) las medidas correspondientes para un caso de reacción adversa al medicamento, del tipo alergia medicamentosa. De haberse tomado los recaudos necesarios y no haberse actuado con imprudencia; o sea al no tomar precauciones para evitar un riesgo, se podría haber evitado que la médica de emergencia le indicará dicha medicación y generara el cuadro fulminante que culminó con el fallecimiento de la señora Gómez”.

“QUE NO QUEDE IMPUNE”

Consultado el abogado de los familiares sobre el informe, dijo que “más allá que la familia ya contaba con informes particulares de profesores y exdocentes de la Cátedra de Medicina Legal de la UdelaR, sumado al certificado de defunción que coincidían en que el fallecimiento ocurrió por una alergia medicamentosa a la metoclopramida (Primperan) y que no se habían adoptado medidas para evitar ese riesgo, lo cierto es que, luego de más tres años, el informe de la Junta Médica del ITF, oficialmente, corroboró lo anterior y lo ratificó”.
“Lo cierto es que –según el informe forense– de haberse tomado los recaudos necesarios y no haberse actuado con imprudencia, como se señala ocurrió, podría haberse evitado que se le indicara dicha medicación a la joven y se generara el cuadro fulminante que culminó con el injusto fallecimiento”.
“Como es de suponer, la noticia le causó una enorme situación de pesar y dolor a toda a la familia. Particularmente los padres, que están sumamente afectados, como es de prever ante la muerte de una hija de tan solo 24 años, muerte que era evitable según el informe forense oficial, sumado que al fallecer en esa circunstancia tan imprevista dejó en aquel momento un niño de 15 meses que está a cargo del padre, dañando emocional y afectivamente a la familia que había formado, a sus padres y hermanos”.
Es muy difícil, indicó, “para los familiares soportar que se concluya, aunque esa sea la realidad, que se trató de un fallecimiento evitable, que se consumó porque no se tomaron los recaudos que el informe de la Junta indica. Basta leerlo con un mínimo de honestidad intelectual, sensatez y humanidad, para darse cuenta de la gravedad del hecho, como es la privación de una vida joven, en la forma como señala la pericia de la Junta del ITF”.
Por su parte, sobre las medidas a seguir, dijo que las familias “pedirán que la situación no quede impune y se hagan efectivas las responsabilidades que correspondan por la magnitud y gravedad de los derechos afectados”, dijo Sabariz.