Intendencia hace auditoría a las patentes IDI

En la entrada de la Intendencia personas que deben realizar trámites por patente de rodados hacen fila durante horas.

En estos días –aun cuando la Dirección de Tránsito mantiene la atención solamente en el turno matutino, desde que mantiene personal en cuarentena ante el caso positivo registrado en el turno vespertino– se ha apreciado un aumento en la cantidad de contribuyentes que concurren al Palacio Municipal, a la oficina de la mencionada Dirección.
Se trata de titulares de vehículos de personas discapacitadas (pueden ser cónyuge, padre, madre, tutor o curador) propietarios de vehículos IDI, la denominación con que se los conoce, correspondiente la terminación “DI” a discapacidad y la “I” inicial al departamento de Paysandú.
Lo que ocurre, según lo confirmó el director de Tránsito, Lucas Facello, es que se determinó una auditoría para establecer si las más de cuatrocientas chapas IDI están otorgadas correctamente, o existen abusos. De determinarse los mismos se dará de inmediato por terminado el beneficio.
La auditoría se realiza entre aquellos comprendidos en el decreto 6804/2012, que permite que el vehículo pueda ser conducido por otras personas y no solamente por el beneficiario. De hecho, ni siquiera establece la obligatoriedad de que el discapacitado viaje en el vehículo. Ante la posibilidad de que haya algunos casos irregulares, se determinó la auditoría, tomando en cuenta el artículo noveno del mencionado decreto.
Este determina que “los requisitos exigidos para las exoneraciones dispuestas en el presente decreto deberán actualizarse cada tres años ante las Oficinas de la Dirección de Tránsito de la Intendencia Departamental de Paysandú, pudiendo a su vez la Intendencia en el uso de sus competencias y facultades requerir la acreditación y actualización de las mismas cuando lo entienda pertinente”.
En cambio, no están abarcadas en la auditoría aquellas personas comprendidas en la ley 13.102. Esto se debe a que en el artículo quinto, deja en claro que “las unidades importadas al amparo de este régimen solamente podrán circular conducidas por sus propietarios”.

¿PAGAR O NO PAGAR?

La inquietud de los beneficiarios de patentes IDI se centra en que vence hoy la primera cuota de Patente de Rodados y al mismo tiempo el plazo para obtener el beneficio del descuento del 20% por pago anual contado. Hasta el lunes el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) había recaudado 6.041 millones de pesos, en 742.000 transacciones. En Paysandú aún no fue dada a conocer por la Intendencia la recaudación que le corresponde al departamento.
¿Cómo incide en los IDI el cierre del plazo para pago contado? Ocurre que desde el año pasado, el Sucive determinó –a nivel nacional– que los vehículos a nombre de personas con discapacidad, pagan parcialmente el tributo si su valor de mercado es superior a los 16.000 dólares. La exoneración se mantiene del 100% hasta los 16.000 y se paga desde 16.001 hasta la del valor de aforo del vehículo. Con esto, de todas formas, hay una reducción sustancial del tributo.
Pero, debido a la auditoría, varios propietarios de vehículos IDI –como declararon a EL TELEGRAFO– cuando ingresan al Sucive para recoger la copia de la patente (como lo hacían años anteriores) se encuentran con que deben proceder primero al pago.
Procuraron confirmar si ese procedimiento era adecuado en la oficina de la Dirección de Tránsito “pero nos dicen que hagamos lo que nos parezca mejor; no nos guían realmente”, dijo una persona que se comunicó con EL TELEGRAFO.
La Intendencia estudia caso por caso y procederá a validar como patente para discapacitados a aquellos que cumplan con todos los requisitos exigidos por la ley. El más importante es el certificado médico, que debe establecer in extenso las razones por las cuales entiende que el solicitante debe acogerse al beneficio. Empero también se consideran aspectos como la capacidad económica de quien pide no pagar la patente de rodados.
De acuerdo al decreto departamental 6804/2012, “para acceder al beneficio debe certificarse que las personas ‘adolezcan de alguna deficiencia importante definitiva o transitoria que pueda prolongarse por un lapso aproximado de cinco años en la funcionalidad de sus extremidades’”, así también como quienes padezcan ceguera.