Le pedía fotos y videos sin ropa a una familiar de tan solo 10 años

La Justicia imputó a un hombre de 42 años que fuera hallado responsable de incitar a que una niña de 10 años, integrante de su entorno familiar, le enviara fotografías y videos sin ropa para su satisfacción personal.
De acuerdo a lo informado por jefatura, la investigación se inició en noviembre del año pasado cuando una responsable del Consejo de Educación Inicial y Primaria (CEIP) se presentó ante la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y de Género denunciando un caso de presunto abuso sexual de una niña por parte de un integrante de su familia.
En el proceso de averiguaciones se supo que el hombre le habría pedido a la niña imágenes sin ropas y un video. La víctima contó lo sucedido a su familia quienes recurrieron de inmediato al asesoramiento y posteriores trámites que dieron lugar a la Justicia. Asimismo se indicó que el presunto abusador llevaba un comportamiento que excedía de su responsabilidad con la menor a la que le compartía Internet, su televisión y hasta le cubría gastos.
En primera instancia, la Justicia resolvió la indagatoria de la progenitora de la víctima y de otra integrante del núcleo familiar, así como la incautación de algunos elementos que permitieron aportar pruebas. Una vez localizado el hombre señalado, se le notificó de la prohibición de comunicación, relación y acercamiento hacia la víctima y núcleo familiar en un radio de exclusión de 200 metros; dar intervención a INAU y coordinar médico forense.
Finalmente, en una audiencia realizada en la sede penal, se resolvió la tramitación por juicio abreviado de la causa en que resultó condenado por “un delito de comunicación o contacto con persona menor de edad para cometer actos con connotaciones sexuales”, imponiéndole como pena 6 meses de prisión que se cumplirán bajo el régimen de libertad a prueba. Para ello, deberá cumplir con las siguientes condiciones: residencia en un lugar determinado dónde sea posible la supervisión por OSLA; sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la referida oficina; obligación de presentarse a la Seccional policial de su domicilio una vez a la semana; prohibición de comunicación, relacionamiento y acercamiento por cualquier medio con la víctima; y la prestación de servicio comunitarios en régimen de cuatro horas diarias, tres veces por semana.