Argentina pide el mismo test para los transportistas internacionales

“Se igualaron las condiciones”, afirmó a EL TELEGRAFO el transportista internacional Federico Teske ante el cambio del decreto que marcaba diferencias entre las empresas argentinas y las de Uruguay, Brasil, Bolivia, Chile y Paraguay. Ahora, el gobierno argentino modificó la “decisión administrativa” por la cual imponía condiciones particulares a los transportistas de terceros países que quisieran ingresar a Argentina.

El 13 de abril, las empresas de transporte internacional uruguayas se encontraron con que el gobierno argentino había determinado la exigencia de presentar un análisis de PCR de COVID-19 –cuyo resultado demora 24 horas– para los choferes de terceros países que quisieran ingresar a su país, mientras que a los choferes argentinos les pedían un test de antígenos que demora 15 minutos en dar resultados.

Esta situación determinaba una serie de inconvenientes a los transportistas, lo que se definió en aquel momento como una asimetría en las condiciones de trabajo, y que eventualmente no se pudiera cumplir con los compromisos de carga.

“Lo que se pide es que haya simetría”, dijeron los transportistas en ese momento, y mientras cerraban el paso en los puentes que unen Uruguay con Argentina, y que la vecina nación cambiara el protocolo permitiendo el test de antígenos para los choferes de otras nacionalidades, ya que se solucionaría el problema de las demoras.

TEST VÁLIDOS POR UNA SEMANA

“Si, se igualaron las condiciones y además los hisopados pasaron a generar validez en Argentina de una semana, igual que en Uruguay”, detalló Teske, agregando que “y lo más importante es que las condiciones se igualaron para transportistas argentinos y extranjeros. De la forma que lo estaban instrumentando era muy arbitrario, y nos dejaba en desventaja en cuanto a tiempos operativos y costos”. Ahora en ambas fronteras se exige lo mismo y “unificaron criterios para todas las fronteras ya sea con Brasil, Paraguay, Bolivia y Chile”.

La “Decisión Administrativa 437/2021” establece en su artículo 3° que “Transportistas y tripulantes que ingresen por vía terrestre, tanto extranjeros como nacionales: deberán adjuntar a la declaración jurada, el resultado negativo del test PCR real time o LAMP para SARS-CoV-2, el que tendrá una vigencia de siete días de realizado”.

En su artículo 4º establece que “Similar temperamento se aplicará respecto del transporte marítimo y fluvial internacional de pasajeros, manteniendo dos buques semanales internacionales”.