Medidas para reducir la movilidad se extienden hasta el 30 de mayo; free shops y gimnasios podrán abrir el lunes

“Se estima conveniente mantener determinadas medidas establecidas por el Decreto Nº 90/021, del 23 de marzo”, dice el decreto dado a conocer ayer por Presidencia de la República. Las medidas creadas para reducir la movilidad debido a la pandemia de coronavirus se extenderán hasta el domingo 30 de mayo, informa el comunicado.
“Se ha verificado un cambio en las condiciones sanitarias a consecuencia del comportamiento de la propagación del virus, teniendo en cuenta las distintas actividades y la aplicación de los protocolos aprobados, entendiéndose pertinente la flexibilización de algunas de las medidas oportunamente adoptadas”, agrega.
Entonces, la suspensión de los espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales se mantendrán, así como la exhortación al cierre preventivo y provisorio de las plazas de comidas de los locales de gran porte, como los shoppings centers.
Tampoco habrá aperturas para las oficinas públicas de la Administración Central, los casinos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas y se mantiene la exhortación a cumplir con la misma disposición a los privados.
Los Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, si bien no están obligados, sí se los exhorta al cierre de sus oficinas. En todas las oficinas públicas debe tratarse de seguir estimulando el cambio de turnos y el teletrabajo.
Los que sí podrán abrir serán los gimnasios y las actividades deportivas desde el 24 de mayo. “Deberán tener un aforo máximo equivalente al 30% de su capacidad máxima y siempre que las personas que utilicen dichos espacios permanezcan dentro de los mismos por el término máximo de una hora. La presente habilitación no incluye la de los espacios destinados a vestuarios o a usos similares”, aclara el comunicado. Mientras que los entrenamientos del deporte amateur se habilitarán pero no antes del 30 de mayo de 2021.
Para el 24 de mayo también se habilita la apertura de “las Tiendas Libres de Impuestos (Free Shops) ubicadas en la frontera con la República Federativa de Brasil”.
El decreto advierte finalmente que los propietarios y administradores de los lugares habilitados para abrir “deberán velar en todo momento por el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios dispuestos por las autoridades competentes”.

DETECTARON 4.581 CASOS; 53 FALLECIDOS

(SINAE)
Ayer se llevaron a cabo 21.201 análisis y se detectaron 4.581 nuevos casos de coronavirus COVID-19.
De los 4.581 casos nuevos, 1.949 son de Montevideo, 627 de Canelones, 334 de Salto, 216 de San José, 211 de Maldonado, 193 de Tacuarembó, 182 de Paysandú, 165 de Colonia, 142 de Artigas, 129 de Soriano, 69 de Rivera, 60 de Río Negro, 59 de Cerro Largo, 55 de Durazno, 46 de Florida, 45 de Lavalleja, 41 de Rocha, 37 de Treinta y Tres y 21 de Flores.
Desde que se declaró la emergencia sanitaria se han procesado 2.065.863 tests y se han registrado 253.941 casos positivos de coronavirus en todo el territorio nacional.
Además se confirmaron 53 fallecimientos con diagnóstico de SARS-CoV-2: 19 en Montevideo, 8 en Canelones, 5 en Salto, 4 en San José, 3 en Maldonado, 3 en Paysandú, 3 en Tacuarembó, 2 en Artigas, 2 en Rocha, 1 en Colonia, 1 en Durazno, 1 en Soriano y 1 en Treinta y Tres. Hasta el momento son 3.691 las defunciones con diagnóstico de COVID-19.
Actualmente, hay 30.973 casos activos, es decir personas que están cursando la enfermedad, 493 de ellas se encuentran en centros de cuidados críticos.
El total de casos positivos confirmados hasta el miércoles era 249.365. Ayer se reportaron 4.581 casos nuevos y un total de 253.941 casos positivos confirmados. La diferencia se explica porque, según consigna el MSP, 5 casos fueron eliminados.

JUECES PRESENTAN RECURSO

(EL PAÍS)
Un grupo de 75 magistrados de todo el país firmaron un recurso de inconstitucionalidad que fue presentado ante la Suprema Corte de Justicia solicitando ser eximidos del impuesto a los sueldos para el Fondo Coronavirus, que fue aprobado en abril y gravará a las remuneraciones de mayo y junio. Según información brindada a El País por fuentes judiciales en Salto, promotoras de este recurso, en las últimas horas 75 jueces de todas las áreas y de distintos puntos del país firmaron un recurso de inconstitucionalidad para ser eximidos de pagar el impuesto a los sueldos para el Fondo Covid.
El grupo de magistrados presentó este recurso por su propia voluntad y de modo particular. Los jueces que se contactaron con El País aclararon que la decisión de pedir la inconstitucionalidad no responde a una medida sindical ni emanada por la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU), que no se pronunció sobre este asunto, aunque sí colaboró con el abogado que elaboró y presentó el escrito ante la Corte. El pasado 1º de abril la AMU autorizó a los socios que pretenden llevar adelante el reclamo a hacerlo, pero no tomó postura gremial sobre este planteo.