Presidente Lacalle Pou se mostró “partidario” de estudiar el proyecto de eutanasia presentado por Ope Pasquet

(Montevideo Portal-radio universal)
El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, viajó a Salto este domingo para acompañar el primer torneo nacional de fútbol inclusivo, del que participaron en el complejo Villa España 11 diferentes equipos. Consultado por la prensa sobre las elecciones de medio término en Argentina, Lacalle Pou dijo que no le correspondía opinar sobre los actos eleccionarios de otros países.
Sin embargo, señaló que aunque no es una elección de cambio de gobierno, “sea quien sea que gobierne o los equilibrios parlamentarios se va a tener la misma relación basada en los intereses nacionales”.
“No nos basamos en ideología para tener mejor o peor relación con un gobierno. Además, de que damos por bueno que siempre las relaciones tienen que ser lo mejor posible”, agregó.
El mandatario también se refirió al proyecto de ley que pretende impulsar el diputado del Partido Colorado Ope Pasquet sobre la eutanasia. En esta línea, dijo que se trata de “un tema bien delicado” y que el abordaje que hacía era sobre su propia vida, no la de los demás.
“Para mí personalmente es un tema de duda filosófica y a priori soy partidario de estudiarlo”, apuntó. El proyecto de Pasquet establece en su artículo primero que “está exento de responsabilidad el médico que, actuando de conformidad con las disposiciones de la presente ley y a solicitud expresa de una persona mayor de edad, psíquicamente apta, enferma de una patología terminal, irreversible e incurable o afligida por sufrimientos insoportables, le da muerte o la ayuda a darse muerte”.
Sin embargo, el artículo segundo dispone también que en caso de aplicarse lo mencionado en el primero, el médico actuante deberá solicitar la opinión de otro profesional “con quien no tenga vinculación familiar ni contractual alguna, ni se encuentre subordinado a él de ninguna manera”.
También fue consultado sobre si está conforme con los resultados obtenidos en materia de seguridad pública. Al respecto, el mandatario expresó: “El conformismo no es propio nuestro, si siguen habiendo homicidios, rapiñas, uno no puede estar conforme”.
De todas formas advirtió que en esa materia “los resultados hoy son mejores”. Destacó que es posible lograr los objetivos deseados ya que a su entender la Policía “tiene más herramientas y respaldo”.

DETECTARON 144 CASOS; NO HUBO FALLECIDOS

(SINAE)
Este domingo se llevaron a cabo 6.179 análisis y se detectaron 144 nuevos casos de COVID-19 en el país. De ellos, 48 son de Montevideo, 26 de Canelones, 22 de Maldonado, 13 de Colonia, 10 de Rocha, 9 de Durazno, 5 de Flores, 4 de Rivera, 2 de Lavalleja, 2 de Treinta y Tres, 1 de Cerro Largo, 1 de Paysandú y 1 de Salto.
No se registraron muertes con diagnóstico de SARS-CoV-2 y hasta el momento son 6.101 las defunciones con diagnóstico de COVID-19. Actualmente hay 2.020 personas cursando la enfermedad, 14 de ellas en centros de cuidados críticos. Desde que se declaró la emergencia sanitaria el 13 de marzo de 2020 se han procesado 3.962.817 tests y se han registrado 396.545 casos positivos de coronavirus en todo el territorio nacional. De ese total 388.424 ya se recuperaron.

NORMAS QUE LIMITAN PIROTECNIA

(BÚSQUEDA)
El profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad Católica del Uruguay, Martín Risso, analizó la regularidad jurídica de los decretos departamentales para prohibir el uso de pirotecnia, a pedido de la Cámara Uruguaya de Fuegos Arificiales (CUFA). En su estudio, al que accedió Búsqueda, concluyó que “las dos prohibiciones resultan inconstitucionales”. Esto se debe, argumentó, a que contravienen el principio de legalidad en materia de derechos humanos. Incluso, aseguró que si estas prohibiciones se establecieran por ley “igualmente serían inconstitucionales por no cumplir con la exigencia de basarse en razones de interés general”.
Según el especialista, la Constitución establece que mediante un acto inferior a la ley (que rige a escala nacional) no puede “establecerse una limitación o privación en los derechos fundamentales”.
A su vez, se refirió al concepto de “libertad de empresa”, el cual implica la posibilidad de “dedicarse a cualquier tipo de actividad lícita, dirigir su actividad y obtener las ganancias correspondientes”. A su entender, esa libertad “se encuentra claramente comprometida en la medida que se prohíbe la fabricación, exhibición y comercialización de productos pirotécnicos que ha sido válida en el país desde siempre”. Para Risso, solo la ley está habilitada para prohibir una actividad que se considera lícita, por lo que las disposiciones departamentales “violan inequívocamente el principio de legalidad”, opinó.
Por último señaló que entre las atribuciones de las intendencias está la vigilancia de la contaminación acústica, así como otorgar permisos y aplicar sanciones. Sin embargo, no se las habilita a “prohibir la fabricación, venta, exhibición o uso de material pirotécnico” en territorio departamental. “Mire como se mire, la prohibición de actividades es una competencia nacional conferida al Poder Legislativo”, dijo Risso.