“Gestión de animales sueltos decomisados no es competencia de la Intendencia”

En la Junta Departamental fue planteada la situación sanitaria de los equinos decomisados en la vía pública y llevados a un predio en Guichón, a raíz de la puesta en marcha de un decreto presidencial y enmarcado en un trabajo conjunto entre la Intendencia de Paysandú, los ministerios de Interior y Ganadería y el Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA).

Durante la sesión, hubo intercambio entre los ediles de la oposición y el oficialismo sobre la atención de los caballos y denuncias presentadas por abandono y muerte. El intendente en ejercicio, Fermín Farinha, dijo a EL TELEGRAFO que se comunicó con autoridades del INBA, a fin de resolver su traslado a la oenegé de Rivera “Caballos libres”. Consultado Farinha, señaló que “desde la entrada en vigencia de la nueva normativa y luego de las reuniones con distintas instituciones encargadas del control de los animales sueltos, no se nos adjudica competencia específica. Desde el primer momento dijimos que íbamos a acompañar en el proceso y en esta situación concreta de lo que tiene que ver al traslado y ceder un predio una vez que se sacan los animales de la calle”. Explicó que “nos comprometimos y cumplimos, pero en cuanto a la gestión de los animales, eso corresponde a las autoridades competentes. Sin perjuicio de eso, nos ocupamos de la alimentación y atención sanitaria”. Según Farinha, la competencia “es del Ministerio de Ganadería y hoy, por la información que tengo, los animales se encuentran en condiciones y sin peligro de vida. Yo me comuniqué con la secretaria ejecutiva del INBA, Marcela Delgado, y se manifestó a la orden y con disponibilidad para el traslado a una oenegé de Rivera”.

EL DECRETO

En la exposición de motivos, la reglamentación del decreto firmado por el presidente Luis Lacalle Pou el 26 de julio, destaca el riesgo que constituyen los animales sueltos para la ocurrencia de accidentes de tránsito. La iniciativa dispone el decomiso definitivo, venta, donación o faena de los bovinos, ovinos, porcinos o equinos que se encuentren en la vía pública y no sean reclamados por su propietario en el plazo establecido en el decreto. La norma faculta a la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), “a proceder previa inspección en la intervención, decomiso definitivo y venta o donación a instituciones de bien público de los bovinos, ovinos, porcinos o equinos de dueño conocido o desconocido que se encuentren en la vía pública dentro de vertederos o basurales municipales, siempre que no fuesen retirados por su titular en un plazo máximo de 72 horas luego de su notificación”.

Establece, además, que “en el caso de que los animales se encuentren aquejados de una enfermedad contagiosa o resulte imposible su venta o donación, se procederá a su sacrificio, de acuerdo a las normas sanitarias, de bienestar animal y medioambientales vigentes”, en colaboración de los ministerios del Interior y de Defensa, además de las intendencias.

Sanidad Animal dispone del decomiso de los animales, si no son retirados por su titular en el plazo de 72 horas luego de su notificación. Están exceptuados los animales con notorio descuido físico-sanitario, en tanto se comunicará de tal situación al Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA) “para que resuelva si corresponde la intimación o devolución de los animales al propietario o si corresponde su confiscación”.

Los animales serán devueltos “a los productores que acrediten su propiedad, mediante la documentación pertinente. En el caso de que estén registrados en el Sistema Nacional de Información Ganadera, serán entregados al propietario o razón social”. Si el dueño es desconocido, las jefaturas pondrán los animales a disposición de la División de Sanidad Animal y si no están identificados, dicha tarea estará a cargo del MGAP.

Para los caballos

En el caso de los equinos, el INBA deberá estar informado en un plazo de 24 horas, luego de las 72 horas transcurridas, “para que presente un pedido formal y expreso” de su donación a los organismos u organizaciones de la sociedad civil vinculadas al bienestar animal.
El traslado será de cargo del donatario y deberá efectuarse en un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la solicitud del INBA. Los predios para depósito temporal deberán contar con la supervisión oficial y su respectivo pastoreo será resarcido de acuerdo a lo dispuesto en el Código Rural. “Los plazos asociados a este procedimiento se han extendido, es decir, desde el momento en que finaliza el tiempo de reclamo de un propietario y se abre el plazo para el INBA los traslade a una institución. Pero no es la Intendencia, la que hace gestiones para agilizar este proceso”, acotó. Reconoció que “ante el estado de notoriedad pública y por el asesoramiento respecto del estado de los animales, se puede decir que no estaban en riesgo de vida. La Intendencia aporta el arriero, el traslado en un vehículo de los animales sueltos y cedemos un predio, pero la gestión es competencia del MGAP”.

ESTADO SANITARIO

El terreno “está en condiciones, pero uno de los animales decomisado es un potro que no está castrado y generó esa rotura de los alambrados, así como lastimó a otros animales por el mismo vínculo. Aún no hay una fecha precisa para su traslado, porque si hubiera sido tan grave se trasladaban inmediatamente. Pero para evitar que se pueda lamentar cualquier situación, solicitamos el asesoramiento de un veterinario previo a que el tema se planteara en la Junta Departamental”. Finalmente subrayó que “tampoco nadie se comunicó conmigo, cuando saben que tengo el teléfono abierto siempre. La preocupación nuestra es aceitar el mecanismo con la norma, porque al bienestar lo garantiza el INBA, si bien trabajamos en conjunto. Vemos que la implementación de la herramienta demora en cuanto al destino de los animales que son decomisados. Pero los animales no están sin cobertura porque a las visitas las realiza el MGAP”.