Presidencia reglamentó programa de albergues de animales

Mediante la resolución N° 103/023, Presidencia de la República reglamentó el “Programa Nacional de Albergues”, creado en el artículo 384 de la Ley 19.889, o Ley de Urgente Consideración. La fundamentación del decreto presidencial, contenido en 12 páginas, detalla las competencias del Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA) que tendrá a su cargo la inscripción y permanencia de los albergues para animales abandonados en la vía pública o maltratados.

El decreto define específicamente a los albergues de animales, refugios y transitorios en hogares de familia, además de instrumentar los registros que comprende a los animales de compañía (Renac) y de prestadores de servicios (Repse).

Albergues y difusión

Establece que “todo animal de compañía que se encuentre en la vía pública podrá ser retirado por el INBA”, que estará encargado de la aprobación y habilitación de los refugios, de un listado de transitorios en hogares de familia y promoverá “la adecuación de los refugios existentes”. En forma paralela, ejecutará “el Programa Nacional de Control Reproductivo” o castraciones, en coordinación con los albergues.

Asimismo, tendrá a su cargo la coordinación de “programas de información y difusión, así como campañas de sensibilización sobre tenencia responsable y bienestar animal, promoviendo la adopción de los animales que se encuentren en los albergues”.

El decreto detalla los tipos de albergues: de animales de compañía (perros, gatos y mixtos), de animales de compañía y otras especies, de perros potencialmente peligrosos, de fauna silvestre nativa y/o exótica y transitorios de hogar de familia.

Con el fin de habilitar los albergues, deberán presentar personería jurídica, conexión a los servicios, planos del albergue y un plan de funcionamiento, además de contar con usuario habilitado en Renac.

El espacio deberá contar con zonas de alojamiento, resguardos, áreas para cuarentenas, de esparcimiento y recreación, de atención sanitaria y zonas de visitas y adopciones. “El INBA determinará el número máximo de animales de cada albergue”, señala el decreto. En todos los casos, “cada albergue deberá asegurar que la totalidad de los animales alojados estén debidamente esterilizados e identificados desde su ingreso”.

Ante la posibilidad de recibir el reclamo por un animal ingresado, será entregado si el INBA cuenta previamente con la información de su tenedor, quien no deberá tener antecedentes de abandono ni prohibición de tenencia de animales.

“En caso de muerte de animales alojados en albergues deberá realizarse una constancia veterinaria, en la que se establecerá la posible causa de muerte”, agrega el decreto.

Finalmente, explica que el INBA promoverá acuerdos con instituciones públicas o privadas, “pudiendo resultar beneficiarios de dichos acuerdos” los albergues que se encuentren dentro del presente programa nacional.

Decretos complementarios

La presidenta del INBA, Marcia del Campo, señaló a EL TELEGRAFO que “el programa de control reproductivo y el programa nacional de albergues son complementarios pero sus decretos se aplican por separado”. La reglamentación del decreto implica “no solo a los refugios sino a toda la población porque ya se realizan las jornadas de castración y colocación de microchip. Y es una resolución que se toma dada la realidad de hoy con superpoblación canina y las consecuencias negativas de los animales en la vía pública que lleva a accidentes de tránsito, mordeduras de personas o ataques a los animales de producción”.

El decreto “implica poner sobre la mesa la responsabilidad de tener un animal de compañía. El Programa Nacional de Albergues pretende tener lugares seguros desde el punto de vista del bienestar animal y llevar a aquellos que –por tenencia irresponsable– se encuentran en la calle o son víctimas de maltrato que llegan a través de denuncias y confiscación”.

Junto a la instalación de los albergues, efectuarán “un trabajo de educación y sensibilización para promover la adopción. Y hoy, los refugios que trabajan, pueden inscribirse en el INBA si cumplen con las condiciones mínimas para pasar a ser un albergue”, dijo del Campo.

Beneficios

El INBA busca que los refugios reciban “beneficios” por estar registrados como albergues dentro del programa. “Los albergues recibirán beneficios en los servicios –por gestiones ante OSE y UTE– y apoyo en la alimentación. Y la habilitación es una condición para asegurarnos que se hacen las cosas bien, es decir, con estándares de bienestar animal”, dijo la presidenta del instituto. En la última Rendición de Cuentas se estableció un monto fijo anual para que el INBA apoye a protectoras u organizaciones que se integren al sistema nacional de albergues. Del Campo reconoció que el aporte de la comunidad es fundamental para cumplir el objetivo de sacar a los animales de la vía pública y lograr su bienestar. “Es un tema cultural, por eso sacamos varias herramientas a la vez. Y hay que fiscalizar y para eso necesitamos el compromiso de todos los niveles de gobierno, como las intendencias y los municipios porque no se soluciona desde Montevideo”, señaló la titular del INBA.
Del Campo consignó que “cuando sacamos un perro de la calle, le solucionamos el problema al irresponsable. Por eso, hay que inspeccionar y sancionar”. Recordó que el consejo directivo del INBA se conforma con delegados de los ministerios de Ganadería, Interior y de Salud Pública, Congreso de Intendentes, Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria, las sociedades protectoras de animales y las asociaciones de productores.

Datos

Anualmente se reciben entre 2.500 y 3.500 denuncias de mordeduras de perros a personas y más de 800 ataques a animales de producción. El Renac ingresó el año pasado más de 90.000 perros y gatos, que cuentan con un microchip y el registro de su tenedor responsable.