Desde el 1º de enero habrá multas de 20 a 4 mil UR

El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), con sede en Suiza, falló a favor de Liverpool en el diferendo planteado por Boston River, que pidió los puntos del partido que ambos jugaron en el Apertura.
En este caso, un futbolista negriazul tenía ficha médica vigente, pero no el carné de deportista, el documento exigido para poder practicar deporte federado en nuestro país. Pero el TAS falló a favor de Liverpool.
El motivo es claro: el reglamento de AUF habla de ficha médica y no de carné de deportista.
“El tema es que el reglamento de la AUF es obsoleto, es de 1998, habla de ficha médica cuando en aquel momento la expedía la Comisión Nacional de Educación Física, y hacía los controles. Hoy los hacen las instituciones privadas, las mutualistas, te dan el carné de aptitud deportiva que se homologa ante la Secretaría Nacional del Deporte (SND). Además, el reglamento dice que el árbitro debe controlar la documentación antes del partido y es algo que no se hace más. Y Liverpool dijo que si el árbitro hubiera controlado el jugador no hubiera jugado”, explicó el gerente de la Secretaría, Dr. Gerardo Lorente, al ser consultado al respecto por EL TELEGRAFO.
“No tengo los fundamentos del TAS, pero la ley del deporte establece que la obligatoriedad de jugar con el carné del deportista vigente, que habilita a competir en el deporte federado, pero la sanción la deja librada a cada federación”, sumó.
Es decir que “si la Federación no tiene prevista una sanción, nosotros no podemos sancionar”.
Este año se trabajó intensamente para incluir en la Ley de Rendición de Cuentas algunos aspectos que contemplen aspectos sancionatorios para quienes jueguen sin carné de deportista.
“Por eso lo que hicimos fue promover una ley, que a partir del 1º de enero entra en vigencia, la Ley de Rendición de Cuentas, donde se modifica la Ley 19.828, donde se le agrega que la Secretaría Nacional del Deporte puede multar de 20 a 4.000 UR por haber participado sin el carné del deportista, para que exista una sanción” más allá de lo que establezca cada federación.