Unas 70.000 personas se han inscripto para informarse sobre opción jubilatoria

Ramón Ruiz, representante de los trabajadores en el Banco de Previsión Social (BPS).

El representante de los trabajadores en el Banco de Previsión Social (BPS), Ramón Ruiz, destacó a EL TELEGRAFO que unas 70.000 personas se han inscripto para ser asesorados en el BPS respecto a cuál es la mejor opción para su retiro jubilatorio, a partir de la vigencia de la reforma jubilatoria.

En tal sentido recordó que en su momento el BPS envió un comunicado que expresa que “nos comunicamos para recordarle que su reserva de derecho a ser asesorado sobre los efectos de la revocación del Art. 8 de la ley 16.713 se encuentra vigente y será efectivizado una vez contemos con las herramientas adecuadas a la nueva normativa. Su asesoramiento podrá ser realizado con posterioridad al 30 de noviembre, no alterando su reserva ni sus derechos. Agradecemos su comprensión”, respecto a lo cual ha recibido numerosas consultas.

Estas 70.000 personas inscriptas forman parte de un colectivo de 310.000 que están en situación de recibir asesoramiento, y estima que con las nuevas condiciones que impone la Reforma Jubilatoria, al 85% de este colectivo le va a convenir revocar la opción del Art. 8, es decir, aportar a BPS, y a una AFAP solo cuando superen el tope.

Por lo tanto, “la persona que tenga entre 40 y 49 años de edad y está afiliada a una AFAP, con Art. 8 tiene tiempo hasta el 30 de noviembre para solicitar asesoramiento en BPS sobre su futura jubilación, con o sin Art.8, y elegir lo que más le convenga”.

De acuerdo a lo informado por el BPS, este asesoramiento “consiste en realizar una simulación de la futura jubilación a partir de la información que aporte el trabajador, el BPS y la AFAP. Se informará cómo se determinan las prestaciones del régimen de ahorro individual (AFAP) y los efectos de la revocación del art. 8 de la Ley 16.713 para facilitar la decisión del trabajador, de acuerdo a lo establecido en el art. 2 de la Ley 19.162. Este asesoramiento se brindará considerando lo dispuesto en el art. 22 de la Ley 20.130”.
Ello corresponde a personas entre 40 y 49 años de edad, que hayan optado por ampararse al Art. 8 de la Ley 16.713, no cuenten con jubilación al amparo del Régimen Mixto y no hayan agotado las dos instancias de asesoramiento previstas.

Requisitos

El día y hora acordados, deberá presentarse el titular con cédula de identidad vigente y en buen estado. Es conveniente que concurra con los siguientes datos: Edad de inicio de su primera actividad laboral. Años de trabajo a la fecha. Años de trabajo en actividades con servicio bonificado.
Sueldo actual (incluido remuneraciones variables). Modalidad y lugar donde se realiza el trámite.

En línea, el asesoramiento podrá realizarse una vez que BPS cuente con las herramientas ajustadas a la nueva normativa para brindar información adecuada.
Para reservar su derecho a ser asesorado, deberá completar todos los datos solicitados en el formulario y recibirá un correo electrónico de confirmación. Posteriormente, el BPS se contactará para coordinar día y hora de la cita con el interesado.

Inconveniente

Ruiz reafirmó que el equipo de representación de los trabajadores en el BPS entiende que la reforma jubilatoria hace inconveniente la afiliación AFAP con Art. 8 para la mayoría de los trabajadores menores de 50 años, por lo que si se tiene entre 40 y 49 años de edad, y se está afiliado a una AFAP con Art. 8 se tiene derecho a conocer su futura jubilación, con y sin opción AFAP, y elegir la que más le convenga, rigiendo un plazo hasta el 30 de este mes para ser inscripto a efectos de ser informado en el BPS.

Argumentó que la reciente reforma jubilatoria, “votada a las apuradas y sin un análisis adecuado de todos sus impactos, generó un serio problema de diseño al eliminar –parcialmente a partir de 2032 y totalmente a partir de 2043– la bonificación jubilatoria en el artículo 28 de la Ley 16.713, para todos aquellos afiliados que hubieran optado por el mecanismo de la afiliación voluntaria a las AFAP introducido en la reforma de 1996”.