“No existe ningún plazo” para entregar Municipio de Porvenir

No existe ningún plazo legal ni disposición que establezca que el 5 de enero se “devuelva” el Municipio de Porvenir al alcalde Ramiro Ayende, pero en cambio éste tiene vigentes todas las facultades para convocar a reunión al Concejo de Porvenir, acordar los trabajos correspondientes en su jurisdicción y llevarlos a cabo, indicó ante consulta de EL TELEGRAFO la integrante del Area Jurídica de la Intendencia Departamental, Dra. Mariana Mazzilli. Explicó, tras los dichos del alcalde al respecto, que “ni siquiera podemos hablar de un plazo. A él se le notificó en su momento y oportunamente sobre la resolución que se tomó, sobre lo que no había un plazo que estableciera una fecha para que Ayende volviera a cumplir su rol de alcalde. Al alcalde se le notificó de la resolución que tomó la Intendencia, y al tiempo, ante esa resolución, Ayende presentó un recurso fuera de plazo”.
“Quiere decir que la resolución fue mal recurrida, por él y por quien lo asistió legalmente. Al ser presentado fuera de plazo, nada de lo que presentó él en la Intendencia fue considerado, porque los recursos administrativos tienen plazo y él no cumplió con la formalidad del tiempo”, expuso la Dra. Mazzilli.
“Quiere decir que no es que haya un plazo que finalice el 5 de enero, no sé qué plazo esté contando él. Estimo que debe estar pensando en la denegatoria ficta, pero seguramente no tiene idea de cómo es la situación, está mal informado de lo que sucedió con ese escrito que él presentó”, precisó.
“Incluso tan fuera de plazo fue el recurso que la misma abogada a los dos días se dio cuenta de que lo presentó fuera de plazo y trajo una nota aclaratoria, nota que ni siquiera consideramos porque no contaba con representación la abogada y tampoco estaba firmada por Ayende. Por lo que formalmente no correspondía tampoco”, explicó la profesional.

Cualquier persona puede recurrir

Consultada sobre el mecanismo, destacó que “cualquier resolución del intendente debe recurrirse ante la Intendencia misma, que es lo que puede hacer cualquier contribuyente, cualquier persona, ante una resolución que entiende lo afecta y con la que no está de acuerdo, en el plazo, condiciones y términos que establece el decreto Nº 500. El lo hizo fuera de plazo, y como le hubiera sucedido a cualquier persona, no se puede considerar. Ni siquiera se puede agotar la vía administrativa para ir al TCA, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo”.
En cambio, lo que Ayende puede hacer es convocar al Concejo de Porvenir y hacer obras: “cuenta con los recursos económicos, con los recursos materiales, porque lo que se hizo con la resolución fue intentar encauzar como se estaba gestionando el municipio, pero él sigue teniendo las facultades de convocar al Concejo y actuar a través del Concejo”.
“Eso siempre lo pudo hacer, nada más que nunca lo convocó. Si él plantea en el marco del Concejo que le parece interesante hacer tal cosa y sale del Concejo que él preside, claro que él puede hacerlo. Porvenir tiene funcionarios, tiene maquinarias, tiene los recursos económicos que tiene que tener, etcétera. A través de la resolución lo que se ha buscado es cómo organizar la gestión, a través del Concejo. Él preside el Concejo, solo que no lo ha estado convocando”, subrayó.