Aplican ley de internación compulsiva pero “sólo si hay riesgo para sí o para terceros”

En Paysandú hay, en promedio, unas 55 personas en situación de calle que se incrementa por trabajadores zafrales que pernoctan en el refugio Santa Elena o con aquellos que se encuentren de paso en la ciudad. Desde este domingo, el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) pone en práctica la ley de internación compulsiva y para su cumplimiento, los equipos de dicho Ministerio –en acción coordinada con ASSE y el Ministerio del Interior–, deberán constatar el consumo abusivo de sustancias y que esa conducta represente un riesgo para sí mismo o para terceros.
“La actuación de los organismos involucrados tiene como finalidad primordial la protección de bienes supremos, como son la salud y la vida de las personas, sin que implique privación correccional de su libertad”, afirmó el Poder Ejecutivo en la reglamentación de la ley N°20.279.

EN PAYSANDÚ

Consultado el director departamental del Mides, Ignacio Ifer, señaló a EL TELEGRAFO que la medida se instrumentará “sin dudas también en Paysandú, donde en promedio tenemos unas 55 personas en calle, con un pico en invierno pero que baja cuando termina el frío. Este viernes, por ejemplo, pernoctaron 62 en el refugio y algunas son personas de paso por Paysandú y otros trabajan en la zafra de la naranja”.
Ifer recalcó que “siempre tiene que haber una prescripción médica. El funcionario del Mides no puede medir si peligra o no peligra la vida de una persona porque no está capacitado para eso. Y si no hay peligro, ni tampoco un impedimento de razonar garantizado por un médico, no podemos sustituir su voluntad de quedar a la intemperie. Es sólo si está viciada su voluntad por incapacidad”.

El director agregó que “vamos a seguir viendo personas en la calle porque, repito, no podemos sustituir su voluntad a menos que se encuentre con una incapacidad. Los funcionarios del Mides cuentan con el soporte de ASSE que realiza la inspección médica y son trasladados en vehículos nuestros o del Ministerio del Interior”, ante la posibilidad de que el prestador no cuente con ambulancias disponibles.

Ifer informó que “la respuesta se brinda por el 911 que cuenta con los medios legales para recurrir en estos casos. Porque la Policía puede intervenir si la persona comete un delito, pero acá es para preservar la vida y puede ser atendido en el lugar o ser trasladado a una emergencia”.

El director del Mides diferenció “la aplicación de la Ley de Faltas por vagancia que es potestad de la Intendencia Departamental por el uso del espacio público, pero no tiene relación con este tema y existe desde hace tiempo. Ahora es un instrumento legal para sustituir la voluntad de la persona, cuando esa voluntad no es plena”.

Una vez en el centro de atención a la salud, la persona será abordada de acuerdo a lo estipulado en la ley de salud mental y un médico valorará si requiere la consulta de un siquiatra, quien a su vez determinará si es necesaria una compensación, desintoxicación o tratamiento.