El 30 de mayo vence plazo de reconocimiento de años a mayores de 60, sin prórrogas

Ricardo Ambroa.

Este jueves 8, de 10 a 12, en el local de la Federación de Funcionarios de Salud Pública ubicado en Monte Caseros 638 frente a la plaza de deportes, se reabre la consultoría en seguridad social a cargo de Ricardo Ambroa.

El asesor brindará información pero no realizará trámites ni gestiones sobre las diversas prestaciones del Banco de Previsión Social. Recordó que el 30 de mayo vencerá el plazo para las personas que tenían más de 60 años en junio de 2023, cuando entró en vigencia la reforma de la seguridad social y que se encuentren interesadas en declarar sus años trabajados antes de 1996.

“Según la ley es el 31 de mayo, pero es sábado, por lo que el último día es el viernes 30. En el caso que el interesado tenga entre 55 y 59 años su plazo vencerá el 31 de mayo de 2027, entre 50 y 54 años será en 2029. Es decir, las personas mayores de 60 años pueden hacer ahora su reserva de derecho y aunque seguramente sea imposible que le den fecha para este mes, se presenta igualmente en el Banco de Previsión Social, dice que hará su reserva porque tiene años para declarar antes de 1996 y queda agendado”, dijo a EL TELEGRAFO.

Ambroa explicó que el artículo 77 de la ley 16.713, es decir la legislación anterior, decía que si una persona tenía años trabajados antes del 1º de abril de 1996, mediante documento o testigos, podía probar que trabajó. Las norma solicita tres testigos por actividad o si conocen a la persona, atestiguan para varias actividades.

“Pero siempre dijimos que la nueva ley 20.130 de reforma de la seguridad social que comenzó a regir en junio de 2023, derogó normativas. Algunas fueron de entrada y otras de manera paulatina. Este artículo que mencionamos de la ley anterior es uno de los que se deroga porque antes no se establecía un plazo para presentar los testigos. Ese plazo se termina ahora, este mes, para las personas mayores de 60”, recalcó.
Aclaró que una vez vencido este plazo no existirá ninguna prórroga, “porque si resolvieran extenderlo, tendrían que modificar la norma que ya tiene el plazo previsto. Es decir, después del 31 de mayo no se podrán declarar los años trabajados antes de 1996”.