Aprobaron régimen de patente de rodados casi sin cambios para 2026

El Congreso de Intendentes aprobó por unanimidad el régimen tributario para la patente de rodados correspondiente al año 2026. La decisión fue adoptada durante la 6ª Sesión Plenaria Extraordinaria del organismo.

En términos generales, el esquema para 2026 mantiene las condiciones del sistema aplicado en 2025, con ligeros ajustes en algunas categorías. Aunque se introducen nuevas alícuotas para determinados tipos de vehículos, al comparar los valores con los del régimen anterior, los incrementos no resultan significativos.
Durante 2025, el sistema tributario aplicó una variación por tipo de cambio del 1,33%, con un valor promedio del dólar de $39,442. Para 2026, ese valor se estima en $41,826, lo que representa una variación interanual del 6,04%. Además, se establece un ajuste por IPC del 4,25%. No obstante, el impacto de estas variaciones en el monto final a pagar será marginal para la mayoría de los contribuyentes.

AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS

Para empadronamientos de vehículos 0 kilómetro, la alícuota será del 5% sobre el valor de mercado sin IVA. En el caso de vehículos usados, se aplicará un 4,5%.

Los automóviles eléctricos contarán con un tratamiento diferencial. Los 0 kilómetro tributarán un 3% sobre el valor de mercado sin IVA, mientras que los eléctricos usados, adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2025, abonarán una alícuota del 2,25%.

En cuanto a los vehículos anteriores a 1991 –que suelen utilizarse como referencia para analizar la evolución interanual–, los valores fijos de patente apenas se ajustan en línea con la inflación. Los vehículos fabricados hasta 1975 continúan exonerados del pago. Los modelos entre 1978 y 1980 pasarán de tributar 2.804,20 pesos en 2025 a 2.923,37 pesos en 2026, lo que representa un aumento de aproximadamente 4,25%. Los fabricados entre 1981 y 1985 subirán de 4.206,29 pesos a 4.385,05 pesos, y los comprendidos entre 1986 y 1991, de 8.412,59 pesos a 8.770,10 pesos. Estos incrementos reflejan exclusivamente el ajuste por inflación previsto para el próximo ejercicio fiscal.

CAMIONES

Los camiones, tanto nuevos como usados, tributarán un 1,3% del valor de mercado sin IVA. Para los que no fueron integrados al sistema unificado de patente hasta 2013, se mantendrá el mismo monto que en 2025, sin aplicar el ajuste por IPC.

MOTOCICLETAS Y SIMILARES

Para las motos 0 kilómetro, la alícuota será del 5% del valor de mercado sin IVA para cilindradas a partir de 500 cc. En el caso de motos de hasta 499 cc, el valor será determinado por la intendencia donde se realice el primer empadronamiento.

Las motos usadas con cilindrada igual o superior a 500 cc y empadronadas durante 2024 o 2025 tributarán un 4,5% del valor de mercado. En tanto, las de hasta 499 cc, así como aquellas de mayor cilindrada empadronadas hasta 2023, abonarán el monto de 2025 ajustado únicamente por IPC.

MAQUINARIA AGRÍCOLA

Para remolques, zorras y trailers 0 kilómetro, se aplicará una alícuota del 2,5% sobre el valor de mercado sin IVA, determinado según el peso bruto total y el entorno correspondiente. A este monto se le aplicará una rebaja del 32%, con un tope mínimo equivalente a la patente que correspondió en 2025 a vehículos de igual peso empadronados como 0 kilómetro.

Los remolques usados, empadronados hasta el 31 de diciembre de 2025 o durante 2026, tributarán un 2,25% sobre el valor de mercado vigente al 30 de setiembre de 2025, con la misma rebaja del 32%.

Están exonerados del pago de patente los remolques y zorras cuyo peso bruto total no supere los 250 kilogramos.

En el caso de vehículos empadronados hasta el 31 de diciembre de 2012, y modelos anteriores empadronados como usados entre 2013 y 2025, que no fueron incluidos en el proceso de unificación de patentes de ese año, se mantendrá el mismo tributo de 2025, sin ajuste por IPC.

Para maquinaria agrícola e industrial, así como casas rodantes sin propulsión propia, se conservará el mismo valor que en 2025, ajustado por la variación anual del IPC.

EXONERACIONES Y BENEFICIOS

Se mantienen las exoneraciones totales o parciales para camiones anteriores a 2012 y motos de baja cilindrada, junto con las condiciones ya vigentes en años anteriores. También sigue vigente el beneficio de descuentos por pago en fecha: un 10% por pago puntual y otro 10% adicional por abonar la anualidad antes del vencimiento de enero.