En la Cámara de Diputados, Juan Gorosterrazú y Federico Preve, con la firma de legisladores de la bancada del Frente Amplio, presentaron el proyecto de ley denominado “Servicio de atención en salud pública transitorio”, que apunta a especialistas radicados en el interior del país a destinar tiempo a los prestadores, principalmente en ASSE, con salarios acordes y abierto a las necesidades de especialidades de cada territorio.
“La necesidad de instalar recursos humanos lo venimos trabajando junto a varios decanos, como Medicina u otros. Si bien la Escuela Universitaria de Tecnología Médica está instalada en Paysandú, esto no sucede en todos los departamentos”, dijo Gorosterrazú a EL TELEGRAFO
Exposición de motivos
En su exposición de motivos, el proyecto reconoce que la falta de disponibilidad de especialistas y otros profesionales de la salud en numerosas localidades del interior, implica esperas prolongadas, traslados de los usuarios o la ausencia de cobertura. Los legisladores destacaron que la distribución desigual “es un problema conocido” y la realidad afecta a miles de personas que residen fuera de la zona metropolitana. Las políticas orientadas a revertir esta situación, como la descentralización de la formación de especialistas, “constituyen una estrategia necesaria para mejorar la distribución territorial”. Sin embargo, expusieron que “en el mientras tanto, las carencias siguen existiendo hoy y la población del interior necesita respuestas ahora, por lo cual, mientras se consolidan las transformaciones estructurales, es necesario avanzar en herramienta concretas, que permitan actuar en el corto plazo”.
Los diputados expusieron que a este panorama, se suma “una brecha persistente entre el acceso a la atención en el sector público y el sector privado”. Estimaron que los beneficiarios serán más de 1,5 millones de uruguayos que se atienden en ASSE, más de 200.000 de Sanidad Policial y Militar, además del Hospital de Clínicas.
Tendrá carácter obligatorio
“El proyecto propone la creación de un servicio de atención médica especializada de carácter transitorio, destinado a médicos especialistas y otros profesionales de la salud que culminen formación de grado, posgrado o especialización, que permita fortalecer la atención en el sector público del interior del país, durante un periodo acotado, posterior a la finalización de su formación”, señala la exposición de motivos.
Aclara que tendrá carácter de “servicio obligatorio, remunerado conforme a los laudos vigentes y con una carga horaria compatible con el ejercicio profesional en otros ámbitos, que busca contribuir simultáneamente a mejorar el acceso de la población a la atención especializada y a facilitar la inserción profesional de los nuevos especialistas”.
El proyecto, que consta de dos artículos, propone la prestación del servicio en el primer, segundo y tercer nivel de atención, “mediante la disponibilidad y adecuada distribución de médicos especialistas en todo el territorio nacional”.
El segundo artículo expone que “los profesionales deberán cumplir una carga horaria semanal mínima de cuatro (4) horas y máxima de dieciséis (16) horas, durante un período de dos (2) años. La prestación del servicio se realizará en todo el territorio nacional, de acuerdo con las necesidades asistenciales” que determinará el Ministerio de Salud Pública.
El proyecto “no será aplicable a los profesionales que hayan finalizado su formación con anterioridad a la promulgación de la presente ley. Los profesionales que se encuentren cursando su formación al momento de la promulgación podrán adherir al régimen en forma voluntaria. El servicio será obligatorio para quienes inicien su formación de posgrado con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley”. La iniciativa aclara expresamente que “ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, el Ministerio de Salud Pública no registrará ni habilitará el título para el ejercicio profesional, mientras dure dicho incumplimiento. Se descontará del aporte a la renta personal de un porcentaje a determinar según la cantidad de horas semanales, durante el tiempo que se realice el servicio de atención médica transitorio”.

