
La decisión del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) de aumentar las sanciones a los productores que envían ganado con residuos de garrapaticidas y la decisión de volver “a la vieja Ley de Garrapata” eliminando la autorización del movimiento de haciendas con cáscara de garrapata, enciende las alarmas en toda la cadena cárnica.
La presidenta del Centro Médico Veterinario de Salto, la doctora Andrea Bortagaray, advierte que esta decisión, una vez se ponga nuevamente en práctica, generará problemas mayores en el sector productivo, porque no se podrán concretar negocios y eso afectará directamente la economía del primer eslabón de esa cadena.
En diálogo con el programa La Hora del Campo, en Radio Tabaré de Salto, la profesional planteó con franqueza que el tema “no es fácil” y remarcó que “soy de las que estoy convencida que una hoja de planilla sanitaria no es la solución”. Bortagaray insistió en que “no es fácil el tema de los residuos” y señaló que “es una limitante para la producción. Hay enfermedades que a veces atropellan y hay que actuar, y de los productos que tenemos, los tiempos de espera no son cortos”.
Los tiempos de espera, que deben respetarse estrictamente para evitar rechazos en faena, representan una limitante concreta para los sistemas productivos. “Cada vez estamos peor porque los tiempos de espera no son cortos y tenemos que readaptar los sistemas de producción dependiendo de la problemática endémica que tenga cada predio”, sostuvo.
Además, la profesional indicó que existe ausencia de algunos productos en el mercado, que son claves en algunas zonas para el control de la parasitosis. “Aspersín, no lo tenemos, no hay, y estamos a la espera. Y la verdad, sinceramente, a veces es lo único que está funcionando en algunos sistemas y no lo tenemos disponible en Uruguay”, afirmó. Se trata de un producto con 70 días de tiempo de espera, según indicó la profesional.
La situación se agrava al considerar que otros compuestos, como la combinación de cipermetrina con ethión, no están disponibles para la venta de forma libre, lo que reduce aún más el abanico de herramientas. “Hay que buscarle la vuelta, pero no es sencillo”, sintetizó.
En cuanto a los productos basados en la nueva molécula que está presente en el mercado, Bortagaray dijo “hoy por hoy es la única alternativa que tenemos muchas veces para movimientos estratégicos”, pero advirtió que “no es de volteo rápido”. Según su experiencia, los resultados no son inmediatos, lo que condiciona su uso en situaciones donde se requiere una respuesta rápida.
“Hoy por hoy se puede seguir moviendo con garrapata muerta, pero eso va a cambiar. Se van a prohibir todos los movimientos con garrapata, independientemente si está viva o muerta”, recordó Bortagaray.
Por lo que sostuvo que se podrían generar bloqueos en la comercialización de la hacienda. “Estoy hablando de ganados que revisamos con 20 días de aplicado este nuevo producto y encontramos cáscara. Ese ganado se va a trancar, no lo vamos a poder mover”, explicó.
Más allá de lo técnico, la presidenta del Centro Médico Veterinario de Salto dijo “estoy convencida que esto no es un problema del productor. Es el último eslabón de la cadena y el que siempre termina llevándose toda la responsabilidad, y para mí no es así”, afirmó.
En su visión, el problema es estructural y debe abordarse como tal. “Esto es un problema país, un problema que representa al Uruguay, el Estado uruguayo… pero la culpa no es del productor, es un problema del sistema” y remarcó que “muchas veces se hacen leyes que no son aplicables. Las llevamos a la realidad y no se van a cumplir”.
Marco normativo
La doctora Beatriz Puppo, profesora adjunta grado 3 de Derecho Agrario de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, recordó el marco normativo para la garrapata, donde “hay dos leyes fundamentales: la 12.293 que declara a la garrapata como plaga nacional del año 1956, ahí se establece que una vez detectada la infestación del predio se procede a su aislamiento, y obliga al Ministerio de Ganadería a informar a los productores con respecto a los productos”.
En diálogo con Valor Agregado de radio Carve y Oriental Agropecuaria, Puppo agregó que en esa misma ley, en el artículo 23 se detallan las sanciones, “luego en el 2008 se sancionó una nueva ley la 18.268 que es reglamentada por el decreto 9 del 2010. Esta ley va un paso más allá y declara de interés nacional la lucha contra la garrapata en todo el territorio, siendo designada la dirección de Servicios Ganaderos como autoridad competente. Esa ley y su reglamentación establecen las obligaciones de los productores rurales al momento de tener su predio infestado con garrapata. Ahí se establece que no es necesario el despacho de tropa en caso que el destino sea faena, pero en el artículo 15 del decreto se señala que el productor en la guía de propiedad y tránsito, si cumplió con el tiempo de espera del producto que aplicó; si la tropa debe de ser revisada por un médico veterinario liberal, en su certificado también debe de aclarar que se cumplió con el tiempo de espera del producto”.
Además, la ley 18.268 “nos dice en la misma, cómo se sancionará a las infracciones cometidas por los productores, y eso nos lleva a otra ley, que es una de presupuesto nacional. En caso de no cumplir con la ley, el productor puede ser sancionado por el Ministerio de Ganadería. Las multas que se pueden aplicar están previamente establecidas, son apercibimientos en caso de que la multa sea calificada como leve y sea una empresa sin antecedentes, si la multa es grave o hay antecedentes en la empresa, habrá una multa, que puede ser muy amplia y está establecida en unidades indexadas, que en dólares va de U$S 400 a U$S 400.000”.
Más allá de las multas económicas, hay sanciones a través de suspensiones para los productores, como por ejemplo la posibilidad de que el establecimiento quede interdicto hasta por 180 días.
Consultada por la propuesta de que el frigorífico no pague el ganado que se le detectó residuos, Puppo afirmó que “si el frigorífico no paga un ganado que compró incumple un contrato, hay una relación contratual entre el frigorífica y el productor, y la obligación de la planta es pagar el ganado, no es legal que no lo haga”.


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