La Intendencia podrá reconstruir veredas rotas y cobrarle la obra al vecino

El nuevo Presupuesto Quinquenal 2026-2030 crea una tasa que le permite al gobierno departamental intervenir sobre veredas inexistentes, deterioradas o que incumplen la normativa, y trasladar el costo de la obra a los propietarios frentistas. El metro cuadrado de vereda nueva costará $2.400; el de reparación, $1.200. El Presupuesto Quinquenal General del Gobierno Departamental de Paysandú para el período 2026-2030, aprobado por unanimidad en la Junta Departamental el 16 de julio y promulgado por el intendente Nicolás Olivera, incorpora una herramienta que hasta ahora no existía en el departamento: la Tasa por Construcción y Mantenimiento de Veredas.

Se trata de un tributo nuevo, amparado en la potestad que la Constitución le otorga a los gobiernos departamentales (numeral 5º del artículo 297), que habilita a la comuna a intervenir directamente cuando una vereda no fue construida, está en mal estado y dificulta la circulación de los peatones, o no se ajusta a las ordenanzas de construcción vigentes. En esos casos, la Intendencia podrá ejecutar la obra —o encargarla— y luego facturarle el costo al propietario del padrón frentista.

La medida también alcanza a las obras nuevas que ejecute la propia Administración, como repavimentaciones u obras viales que incluyan la construcción de veredas.

Costo por metro cuadrado

El decreto fija dos valores: $2.400 por metro cuadrado para la construcción de veredas nuevas, allí donde no existían, y $1.200 por metro cuadrado para la reparación de veredas ya construidas pero deterioradas. Ambos montos se actualizarán periódicamente según la evolución del Índice de Costo de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística, de modo que no pierdan valor frente a la suba de materiales y mano de obra.

Cuando el padrón alcanzado tenga más de una unidad —por ejemplo, un edificio de apartamentos—, el monto total se dividirá entre todas las unidades habitacionales del inmueble. La Intendencia, además, podrá financiar la obra y cobrarla en cuotas junto con el recibo de Contribución Inmobiliaria, en lugar de exigir el pago de una sola vez.

Los obligados al pago son los mismos contribuyentes de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana que, según la Ordenanza sobre Construcción y Mantenimiento de Veredas (Decreto departamental Nº 2190 de 1949, aún vigente), tienen a su cargo la construcción y el mantenimiento de la vereda frente a su propiedad. El propio texto del decreto deja una salvedad: quien opte por construir o reparar su vereda por cuenta propia, cumpliendo con las ordenanzas correspondientes, no paga esta tasa, porque en ese caso la comuna no tuvo que intervenir. La excepción no rige, sin embargo, cuando la vereda nueva forma parte de una obra ejecutada directamente por la Intendencia: en ese caso el cobro corresponde igual, aunque el vecino no haya solicitado la obra.