Reglamentan por decreto calidad de neumáticos para motocicletas

Debido a que no se estaban aplicando parámetros internacionales de seguridad en la importación de cubiertas de birrodados que se comercializan en el país, el Poder Ejecutivo reglamentó los requisitos de seguridad y calidad de los neumáticos de ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas o similares que sean fabricados o importados para circular en Uruguay. El decreto tiene en cuenta el “Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial 2013” de la Organización Mundial de la Salud, que establece que la mitad de las muertes mundiales por accidentes de tránsito corresponden a los llamados “usuarios vulnerables de la vía pública”, que representan un 23% de motociclistas, un 22% de peatones y un 5% de ciclistas. En Uruguay, según la Unasev, más de la mitad de los fallecidos en siniestros de tránsito son motociclistas (53%), mientras que los peatones suman el 18% y los ciclistas representan el 3%.
El decreto presidencial establece que los neumáticos para motos que se fabriquen o importen deberán atender ciertos requisitos que se establecen en un extenso anexo, que comprende determinada calidad y especificaciones estrictas para dar mayor seguridad.
También deberán tener un certificado de comercialización expedido por la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería. Sin él, no podrán venderse.

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