Nuevas franjas de aportes al IRPF e IASS en 2020

El Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) tendrán nuevas franjas de pago ante la DGI.

El mínimo imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) subirá desde $ 29.078 a $ 31.633 de acuerdo al ajuste anual de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación que realizará próximamente el Poder Ejecutivo. Con este cambio, se ajustan también las franjas de ingresos que define el aporte de cada trabajador por IRPF, los montos a deducir por hijos a cargo o cuota hipotecaria, y las franjas de contribución de los jubilados que pagan el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
El decreto que fija el incremento de la BPC aún no fue firmado por los ministerios de Economía y de Trabajo, pero si continúa el criterio de los últimos años, el ajuste se alineará a la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC). De acuerdo a cifras oficiales, el IPC aumentó 8,79% en el acumulado del año recién finalizado.
El decreto elevará de forma retroactiva al 1° de enero de este año el valor de la BPC desde $ 4.154 (valor vigente en 2019) a $ 4.519.
Como consecuencia de esto, el mínimo no imponible del IRPF, que equivale a siete BPC mensuales, aumentará hasta $ 31.633. Los ingresos laborales nominales menores a ese valor en el mes estarán exonerados de pagar IRPF, aunque al considerar las deducciones, salarios mayores también quedan exonerados de pagar.
FRANJAS IRPF
La primera franja de aportes que va de $ 31.633 a $ 45.190, está gravada al 10% solamente en el tramo de ingresos mencionado. Es decir, alguien con un salario de $ 35.000 nominales (sin considerar las deducciones), solo pagará 10% por el tramo que supera la primera franja, en este caso por los $ 3.367 que exceden el mínimo.
En el otro extremo, a las personas con salarios desde $ 519.685 se le aplican todas las tasas en los tramos correspondientes y por el segmento de ingresos superior a ese monto pagan 36%.
El mínimo no imponible también se ajusta para aquellos contribuyentes que optaron por tributar IRPF como núcleo familiar. En este caso, si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo nacional por mes ($ 16.300), tendrán como umbral el equivalente a 14 BPC mensuales, que serán $ 63.266 (hasta el año pasado eran $ 58.156). Mientras que si solo uno de los integrantes percibe más de un salario mínimo, el umbral de aportes es ocho BPC mensuales que serán $ 36.152 (hasta el año pasado eran $ 33.232).
Una de las deducciones que pueden realizar los contribuyentes del IRPF es por tener hijos a cargo menores de 18 años, que aumentarán su valor por el ajuste de la BPC de $ 4.500 a $ 4.896. Si la persona tiene a su cargo hijos con discapacidad (sin importar la edad) el beneficio subirá de $ 9.000 a $ 9.791.
Con los cambios implementados con el ajuste fiscal de 2017, todas las deducciones –aportes personales a la seguridad social, Fondo de Reconversión Laboral, entre otros– se suman y pasan a considerarse a una tasa fija del 10% si los ingresos nominales del contribuyente son iguales o menores a 15 BPC mensuales ($ 67.785 con el ajuste). Aquellos trabajadores con ingresos nominales superiores a 15 BPC pueden deducir a una tasa fija del 8%.
También subirá el tope a la deducción correspondiente al pago de cuotas hipotecarias, que aplica siempre que el valor de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (UI) o $ 3.199.344 a valores de hoy, unos US$ 98.499. Según la normativa, el monto total deducible no puede superar las 36 BPC anuales, que pasarán a ser $ 162.684 o $ 13.557 por mes.
FRANJAS IASS
Por el ajuste de la BPC, también varía el mínimo no imponible del IASS que pagan parte de los jubilados. Con retroactividad al 1° de enero, dicho monto aumentará de $ 33.232 a $ 36.152 (ocho BPC mensuales), por lo que todas las pasividades por debajo de ese umbral estarán exoneradas.
El tramo de las pasividades que va desde $ 36.152 a $ 67.785 (15 BPC mensuales) estarán gravadas a una tasa del 10%. El segmento entre $ 67.7856 a $ 225.950 (50 BPC mensuales) tributará al 24% y finalmente quienes cobran pasividades desde $ 225.951 pagarán una tasa del 30%, que aplica la misma progresividad para la tributación que en el IRPF.
También ajustará la jubilación mínima, que cobran unos 130.000 pasivos. Dicha prestación fue aumentada en julio pasado por el gobierno a 3 BPC y pasó a ubicarse en $ 12.462, pero con el nuevo valor de la BPC ahora subirá a $ 13.557.