Columna Empresas y Derecho: Uruguay y el convenio 190 de la OIT

(Escribe el Dr. Rodrigo Deleón) Hace algunos días el Embajador y Representante Permanente de Uruguay ante las Naciones Unidas en Ginebra, Ricardo González Arenas, depositó el instrumento de ratificación del convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), durante una ceremonia virtual celebrada con el Director General de esa organización, Guy Ryder. El mencionado convenio (sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo) había sido ratificado por nuestro país a través de la Ley 19.849 de 23/12/19, siendo Uruguay el primer país del mundo en hacerlo.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este Convenio (que se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales), protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.
En cuanto al ámbito espacial, el convenio 190 se aplica a la violencia y el acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo: a) en el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados; b) en los lugares donde se paga al trabajador, donde éste toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios; c) en los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo; d) en el marco de las comunicaciones que estén relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medio de tecnologías de la información y de la comunicación; e) en el alojamiento proporcionado por el empleador, y f) en los trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

CARÁCTER TRANSVERSAL

De acuerdo con el Embajador González Arenas, “Uruguay considera que la naturaleza transversal del Convenio 190 hace que sea una herramienta muy útil para mejorar el marco jurídico y de relaciones laborales ya existente en el país”. Estos instrumentos se correlacionan con los desafíos del futuro del trabajo, los cuales están vinculados con la mayor movilidad de los trabajadores, la diversificación de los contratos de trabajo y el impacto de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en las relaciones laborales. Adaptarse a las dinámicas más modernas de nuestras sociedades, donde factores como la competitividad, la innovación, el aprendizaje permanente y la eficiencia tienen una relevancia incuestionable, precisa de nuevos instrumentos a fin de garantizar que los trabajadores estén protegidos y sus derechos sean respetados”. El Embajador uruguayo se refirió asimismo a “la larga tradición de Uruguay y fuerte compromiso hacia el sistema multilateral y, en particular, hacia la OIT”, describiéndola “como una organización tripartita normativa que ayuda a los países a mejorar las condiciones de vida de sus ciudadanos y a alcanzar relaciones de trabajo equilibradas donde los intereses de todos los interlocutores sociales estén debidamente protegidos”.

IMPORTANCIA

De acuerdo con la información disponible en el sitio web de la OIT, el Director General de esa entidad, Guy Ryder, agradeció al presidente de Uruguay, Luis Lacalle Pou, por la ratificación y destacó que “el marco que proporciona el Convenio núm. 190 es, más que nunca, de extrema importancia durante la actual pandemia de la COVID-19, ya que desde que comenzó el brote han sido denunciadas muchas formas de violencia y acoso relacionadas con el trabajo. El Convenio número 190 tiene un papel fundamental en la configuración de una respuesta y una recuperación, centradas en las personas que combatan la injusticia y apoyen la construcción de una nueva normalidad, exenta de violencia y acoso. La ratificación refleja también el compromiso de larga data de Uruguay hacia la misión de la OIT, así como su intención de dejar claro que la violencia y el acoso en el lugar de trabajo no serán tolerados. Es de esperar que otros países lo imiten”.