Solicitada: No se puede ser contador delegado del TCR y también ordenador de gastos

El artículo publicado en la edición de ayer sábado en EL TELEGRAFO, relativa al contador Thomaset me sorprende profundamente.
En primer lugar el Secretario Político de la Junta Departamental y su Presidente, reconocen que dicho Contador Público, desde que se inició el presente período de gobierno, o sea noviembre de 2020, revistió la doble calidad de Contador Delegado del TCR y de Director General de Administración, dos cargos completamente incompatibles. Su ejercicio conjunto y simultáneo roza la ilegalidad penal.

Para ser Contador Delegado del TCR el funcionario debe reunir como condición necesaria no ser del escalafón de particular confianza y no revestir la calidad de ordenador de pagos, Thomaset reviste esas dos condiciones desde noviembre de 2020, por lo cual estaba impedido de ejercer ambos cargos.
Así, el artículo 8 de la Ordenanza del Tribunal de Cuentas N°64 dice con absoluta claridad: “Sólo tendrán la calidad de Contadores Delegados quienes hayan sido designados como tales en forma expresa por el Tribunal de Cuentas de la República. Al efectuar la delegación, el Tribunal de Cuentas lo comunicará al jerarca del respectivo organismo y al designado. En ningún caso podrán serlo aquellos que tengan competencia de ordenador de gastos. No podrán ser designados Contadores Delegados los titulares de cargos de confianza, no obstante lo cual el Tribunal de Cuentas podrá apartarse de esta norma por resolución expresa y fundada”.

Como se puede entender sin ser un profesional, está claramente vedado reunir la doble calidad, tal cual lo vengo afirmando desde que me he enterado de esta situación. Reitero, me llama poderosamente la atención que el Presidente de la Junta Departamental –que se dice abogado–, y la nueva abogada de la misma Junta en ejercicio ni supieran de esta incompatibilidad.
A eso, que ya de por sí es gravísimo, se debe sumar que por lo que dicen Muria y Álvarez desde noviembre de 2020 hasta el día de hoy no ha intervenido en ningún gasto de la Junta Departamental. Entonces vale preguntar si la Junta estuvo funcionando desde esa fecha a espaldas de un órgano constitucional que preceptivamente debe intervenir los gastos de un órgano público. ¿Cómo se hacía para pagar? ¿Se eludía la intervención del órgano de control? La verdad, es inexplicable para cualquier persona que sepa algo de Derecho y haya estado en la gestión pública.

La circunstancia de que Thomaset utilice el estacionamiento de los ediles en forma irregular, se suma a esta situación, con el agravante de que el propio presidente de la Junta afirma que le dieron ese estacionamiento por ser contador delegado, pero sin reparar en que era a su vez director general de Administración.
Una vergüenza, por el desconocimiento y por privilegiar a una funcionario de confianza con ese beneficio. Se podrá decir que el Frente Amplio lo hizo en el período anterior. Pues sí, pero en su descargo en ese momento Thomaset no era director general, y por lo tanto personal de confianza, sino que había entrado por concurso a la Intendencia Departamental de Paysandú.
En definitiva, este lamentable hecho demuestra una vez más del desapego que tiene el gobierno de Nicolás Olivera por el cumplimiento de las normas, cuando debería ser él quien las cumpliera y las hiciera cumplir. Se ve que tanto nuestro intendente y nuestro presidente de la Junta Departamental en Facultad de Derecho faltaron a esas clases. Una verdadera lástima. Federico Álvarez Petraglia