Empresas y Derecho: Trabajo y plataformas digitales (II)

En la presente entrega terminaremos de hacer referencia a la edición más reciente del informe “Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo 2021 – El papel de las plataformas digitales en la transformación del mundo del trabajo”, que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha difundido en los últimos días.

  • 1. Pyme
    El informe destaca que “Muchas empresas tradicionales, especialmente las PYME, han empezado a utilizar plataformas de trabajo localizado, sobre todo en los sectores de la restauración y el comercio minorista.
    Estos negocios dependen cada vez más de las plataformas digitales de trabajo como forma de hacer frente a una mayor competencia y a la necesidad de ampliar su base de clientes, así como para seguir el ritmo de un mercado en transformación y responder a las preferencias de los consumidores.
    Muchos restaurantes dependen en gran medida de las plataformas de reparto, especialmente desde el inicio de la pandemia de COVID-19, para mejorar su visibilidad entre los consumidores y ampliar su cuota de mercado, así como para mejorar su productividad, eficiencia y rentabilidad”.
  • 2. Empresas tradicionales
    Para la OIT, “Muchas empresas que dependen de plataformas digitales pasan apuros para gestionar estratégicamente las distintas modalidades de trabajo y corren el riesgo de perder capacidad interna en materia de recursos humanos.
    En el caso de las empresas que dependen de las plataformas de reparto, las elevadas comisiones que estas cobran a sus clientes pueden reducir el margen de beneficios de aquellas, al tiempo que la falta de infraestructura digital puede lastrar el buen funcionamiento de la empresa.
    Las empresas tradicionales, sobre todo en el sector minorista, tienen que hacer frente a las perturbaciones en el funcionamiento del mercado que generan las grandes plataformas de comercio electrónico, además de a retos como los problemas de competencia, las condiciones contractuales desfavorables, la falta de transparencia por parte de las plataformas (sobre todo en lo que respecta a los datos, las clasificaciones y los precios), la debilidad de los mecanismos de resolución de conflictos y, en términos más generales, la desigualdad de condiciones de competencia”.
  • 3. Condiciones de trabajo
    Como ha sido expresado por los autores: “Los términos y condiciones de los servicios se recogen en contratos de servicios definidos unilateralmente por las plataformas, en los que figuran aspectos relativos al tiempo de trabajo, la remuneración, los protocolos de atención al cliente, la legislación aplicable y la propiedad de los datos, entre otros.
    Por lo general, estos contratos no definen la relación contractual entre la plataforma y el trabajador como una relación de trabajo, independientemente de la naturaleza real de la relación. En consecuencia, los trabajadores no tienen acceso a muchas protecciones y derechos laborales de los que disfrutan los asalariados”. (…) “Estas plataformas presentan graves deficiencias en lo que respecta al seguro de enfermedad y a las prestaciones por accidente de trabajo, así como al seguro de desempleo e invalidez y a las prestaciones de jubilación o pensión de vejez. A pesar de tener un acceso limitado a la protección social, los conductores de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC) y los repartidores a través de aplicaciones afrontan diversos riesgos en materia de seguridad y salud en el trabajo, especialmente si son mujeres”.
  • 4. Horarios de trabajo
    En el caso específico de los horarios de trabajo se menciona que “los trabajadores de las plataformas de trabajo en línea normalmente trabajan un promedio de 27 horas semanales, contando tanto las tareas remuneradas como las no remuneradas, pero dedican a estas últimas aproximadamente un tercio del tiempo, es decir, unas ocho horas semanales.
    Además, cerca de la mitad de estos trabajadores dedica un promedio de 28 horas semanales a otros trabajos remunerados, lo que a menudo da lugar a una semana laboral larga. Algunos de estos trabajadores tienen horarios imprevisibles o trabajan a deshora –especialmente en los países en desarrollo, ya que los clientes se encuentran por lo general en los países desarrollados–, lo cual afecta a su capacidad para conciliar el trabajo con la vida personal”.
  • 5. Esfuerzo conjunto
    Finalmente, se hace hincapié en que la mejor manera para lograr promover el desarrollo inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos en este sector de trabajo “es a través del diálogo social entre las partes interesadas, esto es: las plataformas digitales de trabajo, los trabajadores de plataformas, y sus representantes y gobiernos. (…) El proceso de diálogo y coordinación normativa debe centrarse en asegurar que las leyes nacionales que consagran los principios y derechos fundamentales en el trabajo, así como otras disposiciones clave en materia de salarios, duración de la jornada, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, asistan a todos los trabajadores, incluidos los de las plataformas digitales”.

Dr. Rodrigo Deleón

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