El edil del Partido Nacional Marcelo Tortorella presentará en la sesión de la Junta Departamental de este jueves una “iniciativa ante el Parlamento nacional para amparar en el Fondo de Garantía de Créditos Laborales de la ley 19.690 a los extrabajadores de la empresa PILI S.A. al haber desestimado el Banco de Previsión Social (BPS) la cobertura del beneficio legal”.
Es “un proyecto de ley articulado que solicita al Parlamento que estudie y valorice la iniciativa, como ocurre con cualquier otro proyecto de ley. En nuestro caso, nos valemos de nuestra condición de legislador departamental a través de un oficio”, dijo a EL TELEGRAFO. Explicó que “no estoy de acuerdo con una parte de lo que resolvió el directorio del BPS. Lo fudamentamos y le damos una solución al grupo de trabajadores que tiene créditos posconcursales, que son quienes deben estar amparados en el Fondo de Garantías. Al resto de los trabajadores –que son la gran mayoría–, como no los alcanza la ley que se aprobó después del cierre de la empresa, la idea es incorporarlos a través de una extensión del beneficio, solamente con el pago de la indemnización por despido”.
EXPLICACIÓN
En su exposición, el edil recordó que el concurso voluntario de la empresa fue ordenado el 27 de agosto de 2018. Posteriormente, los extrabajadores comparecieron ante el BPS, donde solicitaron ampararse en dicho fondo. En el documento del directorio –con fecha 15 de febrero pasado–, el directorio del ente “los diferenció en su dictamen denegatorio, entre la situación de aquellos trabajadores con créditos laborales exigibles a la fecha de concurso o sea al 27/08/2018 y la situación de los restantes trabajadores con créditos post concursales, es decir que finalizaron su vinculación con la empresa concursada con posterioridad a haberse decretado el concurso, quienes tampoco quedaron comprendidos en el beneficio”.
Tortorella planteó que “el BPS comete un error de aplicación de la Ley 19.690 (la ley que creó el fondo de garantías) al desestimar en primer lugar el acogimiento del beneficio con respecto de los créditos de los ex trabajadores de PILI que fueron desvinculados o cesados con posterioridad al 1° de junio de 2019, fecha en cual ya estaba vigente la Ley 19.690. A pesar de que el concurso había sido decretado con anterioridad, por lo que estos trabajadores debieron quedar alcanzados en el beneficio legal”.
Aclaró que “al momento de ser declarado el concurso”, la empresa “siguió funcionando” y estos trabajadores “continuaron trabajando y generaron créditos laborales durante dicho período hasta su desvinculación”.
Según Tortortella, “es contrario a derecho que el Banco de Previsión Social deniegue el pago de los créditos post concursales a este grupo de trabajadores, tal como lo plantea el mismo organismo en la fundamentación de la denegatoria, restringiendo la interpretación y los derechos de estos trabajadores, constituyendo una contradicción en cuanto al alcance y al sentido ontológico de la Ley 19.690 pues supone que tal cobertura resulta inaplicable para todos aquellos trabajadores de la concursada que siguieron trabajando aún después de declarado el concurso”.
Explicó que, “precisamente a este grupo de trabajadores se les hace perder la expectativa de cobro de los créditos laborales devengados, lo que significa en buen romance, modificar de forma restrictiva la cobertura legal mediante una interpretación administrativa equivocada y en perjuicio de los trabajadores”.
Tortorella concluyó: “Así advertimos se vulnera gravemente el espíritu y el alcance del beneficio establecido del Art. 7 de la Ley 19.690, cuya razón de ser fue la de garantizar a los trabajadores –ante la insolvencia patronal– el cobro de los créditos laborales”.
En cinco artículos expone su iniciativa, tendiente “a proponer una solución honorable, saldando de una vez la la deuda social que tiene el departamento de Paysandú, con los extrabajadores de PILI S.A y sus familias”. Además, el pase de su iniciativa a las comisiones de Descentralización y Desarrollo y de Asuntos Laborales para realizar las gestiones de rigor ante el Parlamento y el Poder Ejecutivo “dando prioridad de seguimiento y urgente tratamiento a este planteo articulado”.

