La siniestralidad por equinos sueltos es un problema evitable pero mientras el Estado avanza lentamente en la identificación digital con chips y pasaportes, la solución sigue recayendo en la responsabilidad de los propietarios. Y allí hay una falla porque la irresponsabilidad es moneda corriente.
Se trata de un asunto que combina peligrosamente la falta de responsabilidad civil, carencias en la fiscalización y un marco legal que encuentra dificultades de aplicación práctica.
Desde el punto de vista normativo, Uruguay no carece de leyes sino que la dificultad radica en su aplicación y efectividad. Hace ya algunos años el entonces presidente Luis Lacalle Pou firmó el decreto 233/2022 que reglamentó la normativa que habilita a incautar animales sueltos en la vía pública cuando representan un riesgo para la seguridad vial o la sanidad. De esta manera, ante la presencia de un caballo suelto, se pude denunciar al 911 y la Policía debe actuar en primera instancia, para luego intervenir el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), y en caso de lesiones, el Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA).
El Código Rural en su artículo 74 prohíbe la existencia de animales sueltos en caminos públicos y se han fijado multas. Sin embargo, la aplicación de estas normas choca de frente con la realidad. Los caballos sueltos son un problema cotidiano y no siempre está claro quién paga una multa cuando el animal no tiene marca o cuando el dueño, como suele pasar, declara que se lo regaló a otra persona para evadir la responsabilidad. El procedimiento actual indica que el animal requisado debe permanecer cierto lapso en custodia municipal y, en caso de no ser reclamado, el caso pasa a la órbita del MGAP, que puede resolver su venta o donación a instituciones.
A nivel local, la Intendencia ha intentado dar algunas respuestas y se trabaja en coordinación con la Jefatura de Policía y el MGAP en aplicación de multas y requisas. En 2025 la entonces intendenta Nancy Núñez también reforzó el equipo de arrieros municipales. El tema también ha sido tratado en la Junta Departamental, donde el edil Rodrigo Silva presentó el año pasado un proyecto de ordenanza de bienestar animal que busca modernizar la gestión y propone la creación de una oficina dedicada a la recepción de denuncias y cobro de multas, además de contar con un predio para albergar animales requisados ya que la falta de un lugar adecuado y personal veterinario las 24 horas limita la capacidad de respuesta.
A pesar de esto, los caballos sueltos no han dejado de provocar siniestros y continúan siendo un riesgo de en la vía pública. Es necesario entender que no hablamos de accidentes, sino de fallas sistémicas que provocan siniestros, algunos de ellos de gravedad.
El problema no es sólo de Paysandú, sino que la estadística indica que los animales sueltos provocan un centenar de siniestros anuales, algunos de ellos con consecuencias graves o fatales. Las multas suelen ser ineficaces contra propietarios que no tienen sus animales registrados o que los abandonan deliberadamente.
¿Qué se puede hacer entonces? ¿Qué han hecho otros países al respecto? Una búsqueda rápida sobre el alcance del problema en la región y las soluciones implementadas por países vecinos indica la existencia de sistemas de trazabilidad electrónica en Chile y hasta la redefinición jurisprudencial de la responsabilidad de las empresas concesionarias de rutas en Brasil y Argentina.
En Paraguay la gestión de los animales sueltos intenta equilibrar seguridad vial y bienestar animal y la ley establece un marco ético por el cual los animales decomisados no pueden ser sometidos a eutanasia por falta de lugar para albergarlos pero, en contrapartida, el deambular libre de animales que pongan en peligro el tránsito conlleva multas y decomiso.
En Argentina, por su organización política federal, la legislación es generalmente provincial. En el Chaco, la ley considera que la presencia de animales sueltos es una falta imputable tanto al dueño del animal como a las empresas que poseen la concesión de las rutas. En San Juan la legislación autoriza subasta pública de animales cuyos dueños no comparecen luego de 48 horas de ser citados.
Uno de los avances más interesantes en la gestión del riesgo vial por animales sueltos viene de la jurisprudencia civil de Argentina, Chile y Brasil, donde se ha consolidado la tendencia a atribuir responsabilidad a las empresas concesionarias de autopistas y rutas con peajes, decisión fundamentada en la relación de consumo y deber de seguridad.
En Brasil se estableció que las concesionarias respondan independientemente de la existencia de culpa, por los daños causados por animales domésticos en rutas al entender que las tareas de fiscalización y remoción de animales son previsibles y forman parte del servicio por el cual el usuario paga.
En Argentina se ha aplicado la Ley de Defensa del Consumidor para adjudicar obligaciones similares a empresas concesionarias de rutas ya que se interpreta que el usuario tiene derecho a llegar sano y salvo a destino y la presencia de animales se interpreta como una ruptura a esa garantía de seguridad. En Chile las empresas concesionarias deben adoptar las medidas necesarias para que las vías de circulación estén libres de semovientes. Para atacar las dificultades de identificación de los propietarios, principal obstáculo para la aplicación de sanciones y reclamo de indemnizaciones, Chile ha implementado un sistema de trazabilidad equina mediante el uso obligatorio de microchips antes de los 12 meses de edad de los animales, o de su primer movimiento.
Uruguay también va por ese camino y está implementando el pasaporte equino, buscando la uniformidad en el control sanitario y de movimientos. Los animales también deben contar con identificación electrónica mediante chips para equinos de deporte y equinoterapia, los cuales permiten acceder de forma inmediata al dueño a través de un lector.
En todos los países mencionados uno de los problemas críticos es la falta de infraestructura para la contención de animales tras su rescate de la vía pública, así como los costos de alimentación y servicios veterinarios.
Sin embargo, la vida de una persona no puede depender de si una portera quedó abierta o alguien dejó intencionalmente pastando los caballos en la vía pública. La seguridad vial es un derecho de los ciudadanos, al igual que el uso y el goce del espacio público garantizado por la ley y penalizado cuando se violenta la convivencia. La presencia de caballos sueltos no solo es un peligro sino un acto de irresponsabilidad humana perpetuado por la desidia desde hace décadas.
Es imperioso buscar soluciones reales y eficaces para proteger la integridad física y la vida de quienes circulan por calles, rutas y caminos del departamento. Un caballo no debería estar allí y si lo está alguien debe responder por eso.
No hay soluciones mágicas pero es evidente que para cambiar la situación actual se requiere una acción coordinada de los gobiernos locales y nacionales y la sociedad civil. La trazabilidad electrónica de animales, la responsabilidad de las empresas que obtienen ganancias con la infraestructura vial son bases fundamentales para disminuir el riesgo en las rutas y proteger las vidas de las personas que circulan por rutas y caminos. Pero por lo pronto, lo más importante es ejecutar la ley, que ya está vigente y contempla muchos de los problemas que existen, porque si los controles no se hacen y las sanciones no se aplican, todo lo demás es letra muerta.
