La Corte Electoral resolvió por unanimidad declarar improcedente la iniciativa promovida por Paysandú por un Uruguay Soberano UPM2 No para convocar a un plebiscito departamental contra la instalación de la planta de HIF Global, mientras que la organización anunció que recurrirá la decisión una vez que acceda al texto completo del pronunciamiento. La Corte Electoral entendió que el asunto corresponde a la competencia nacional y, por esa razón, no analizó la validez de las adhesiones presentadas.
La decisión fue explicada por el ministro de la Corte Electoral José Korzeniak en el programa “Éramos tan progres”, de Caras y Caretas TV, donde señaló que la propuesta pretendía establecer, mediante un decreto departamental con fuerza de ley, la prohibición de este tipo de emprendimientos industriales.
“La Corte Electoral, sin entrar a considerar el tema de las voluntades que se expresaron apoyando esto, entendió por unanimidad que esa es una materia nacional y no departamental, en función de lo que determina el artículo 262 de la Constitución y las leyes respectivas”, afirmó Korzeniak.
El ministro explicó que, una vez determinado que el contenido no correspondía al ámbito departamental, el organismo no tenía razones para verificar las firmas ni pronunciarse sobre su validez. “No se consideraron las firmas y simplemente se estableció que por no corresponder a una materia departamental, la Corte Electoral no debía pronunciarse respecto de la validez o no validez de la forma, porque entiende que es improcedente”, indicó.
Korzeniak recordó que la Corte Electoral ya había aplicado un criterio similar ante una iniciativa departamental vinculada al Ferrocarril Central. “Por tratarse de una materia nacional y no departamental, no existe la posibilidad de recepcionar ni pronunciarse respecto de un procedimiento de iniciativa que tiene que ver con materia departamental y no nacional y por lo tanto se declara improcedente”, sostuvo.
La resolución impide que el planteo continúe su trámite, independientemente del número o la validez de las adhesiones reunidas. “Elimina efectivamente la posibilidad de avanzar”, confirmó el ministro, quien agregó que corresponde a la Corte determinar si una iniciativa se refiere a una materia nacional o departamental.
“No es un capricho de la Corte Electoral; es simplemente que la Constitución y las leyes distribuyen las competencias en materia nacional, departamental y también municipal”, expresó.
DEFENDIÓ LA EXIGENCIA DE LA HUELLA DIGITAL
Durante la entrevista, Korzeniak también se refirió a los cuestionamientos contra la circular aprobada por la Corte Electoral el 10 de marzo, que exige incorporar la huella digital, además de la serie y el número de credencial, en la recolección de adhesiones para mecanismos de democracia directa.
“Dicen que no le corresponde a la Corte Electoral reglamentar en esa materia, sino que es materia de reserva legislativa, cosa que la Corte Electoral no comparte porque tiene que ver con el Registro Cívico, que es una competencia específica atribuida por la ley desde el año 1924”, señaló.
El ministro sostuvo que la huella constituye un mecanismo más seguro que la comparación de firmas manuscritas. “Es la forma más idónea para identificar y ahorra una serie de recursos de gente cuya firma ya no es la misma que cuando tuvo la inscripción cívica. Ninguno firma como cuando tenía 18 años”, manifestó.
Agregó que el organismo debe actuar con las mismas garantías para todas las partes involucradas. “La Corte Electoral debe garantizar por igual al promotor de una iniciativa como a aquel que no quiere que esa iniciativa prospere”, afirmó.
BELASSI ACUSÓ A LA CORTE DE PERDER INDEPENDENCIA
Leonardo Belassi, integrante de Paysandú por un Uruguay Soberano–UPM2 No, cuestionó duramente la resolución y confirmó a EL TELEGRAFO que la organización aguardará conocer el documento completo para definir las acciones que adoptará. “Sin tener aún el original de la declaración o resolución que sacó la Corte Electoral, seguimos afirmando que la Corte Electoral ha perdido todo tipo de independencia como institución y le está haciendo los mandados al partido que gobierna y a la oposición mayoritaria”, expresó.
Belassi también criticó el tiempo que demoró el organismo en pronunciarse. “Se tomó más de un mes para contestar si se ponían a verificar las firmas o no”, afirmó.
El dirigente señaló que las primeras conclusiones de la organización se basan en las explicaciones brindadas públicamente por José Korzeniak, debido a que todavía no disponen del texto de la resolución.
“De acuerdo a las palabras -repetimos, no tenemos todavía el texto de resolución-, la Corte Electoral pisotea lo que es la Ley de Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la Ley 9.515, y también pisotea lo que es el Acuerdo de Escazú, en una flagrante falta de argumentación, tergiversando lo que es de competencia nacional con lo que es de competencia departamental”, sostuvo.
El acuerdo, firmado en marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica, es el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe y el pionero en el mundo en proteger a los defensores del medio ambiente.
Finalmente, Belassi acusó al organismo electoral de favorecer al proyecto industrial, indicando que “HIF Global tiene un aliado más, la Corte Electoral”.

