Los cuatro funcionarios municipales siguen en sumario administrativo y pueden ser destituidos

Los cuatro funcionarios municipales procesados por cohecho calificado por la jueza penal de 2º Turno Rossana Martínez sin prisión preventiva no aseguran su permanencia con un cargo público en la Intendencia de Paysandú, de acuerdo a lo señalado a EL TELEGRAFO por el encargado de Asesoría Letrada y director de Tránsito, Federico Álvarez Petraglia.
“Lo resuelto en sede penal no afecta en principio los trámites de los procedimientos disciplinarios administrativos”, dijo categóricamente. “Todos los funcionarios involucrados están siendo objeto de sumario, con separación del cargo, retención de sueldos y se los está juzgando por la presunta comisión de faltas graves que pueden terminar en su destitución”, agregó.
Aclaró además que “a todos se les respeta y se les respetará en el futuro sus derechos a un debido proceso” no obstante lo cual “esta Administración tiene muy claro cuáles son los estándares de conducta que deben tener sus funcionarios, y no dudará un ápice en actuar en consecuencia”.
Por otra parte, esa resolución tampoco afecta la causa con el exdirector de Tránsito pues “ese expediente está en trámite, y es voluntad de la Administración seguir muy de cerca las resultas del mismo, y hacer uso de los instrumentos que el nuevo Código de Proceso Penal ofrece a los damnificados por el delito”.

DOS SUMARIOS A
PUNTO DE CULMINAR
De acuerdo a lo que ha podido establecer EL TELEGRAFO dos funcionarios presupuestados y uno contratado se encuentran separados del cargo recibiendo el 50% de su sueldo, en tanto el tercer funcionario presupuestado, que estaba en comisión desde la Intendencia de Salto, está en las mismas condiciones, desde que fue también sometida a sumario administrativo.
De los cuatro casos, hay dos que están en la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), que deberá expedirse. Luego enviará su dictamen al Intendente Departamental. Si mantiene el criterio del sumario, el Intendente deberá pedir la anuencia de la Junta Departamental para proceder a la destitución en un caso y el término de contrato en el otro.

SE REACTIVÓ UN TERCER SUMARIO
El sumario administrativo de una tercer funcionaria -que trabajaba hasta su traslado por los hechos que resultaron en su procesamiento- en Movilidad Urbana, es el que se encuentra más atrasado porque es la única de las cuatro que negó ante la Intendencia cualquier vinculación con las malversaciones. Por lo tanto se esperó al dictamen judicial para proceder.
En la sede judicial esa funcionaria había declarado que “eso de la clave (personal para acceder al sistema que permitía modificar multas y deudas de patente) fue cuando (nombra a una compañera también procesada) me la pidió porque me dijo que no le andaba la clave y usaba la mía. Después aparecía y me daba dinero y me decía ‘Esto es para vos’. Me dejaba (dinero). Al tiempo me enteré que era por retirar multas. Yo no sabía que usaba mi clave”.
“A veces me daba mil pesos, a veces un paquete de cigarros, no me especificaba de qué era”, dijo más adelante. “Recuerdo cuando una persona habla conmigo y me dice si no le sacaba la multa por no llevar cinturón (de seguridad en el vehículo) y el hombre llevó los ochocientos pesos y los tomé. Pero yo me olvidé del descargo y el hombre me reclamó porque seguía la multa y yo le tuve que devolver el dinero. Yo sabía que había actuado mal porque no había hecho descargos y la multa se la mantuvieron igual”.
Luego indicó que “a los dos días que yo le di el usuario me tiró mil pesos diciéndome que yo andaba ‘corta’”. Tras serle incautada la computadora en la que trabajaba con fines de inspección y los comentarios que le hizo a la otra procesada que le había pedido la clave, aceptó que “sí, le dije que me estaban haciendo la vida imposible, porque me mandaban a la calle. De hecho me dice que escuchó que el encargado le dijo a (nombre de una funcionaria no involucrada en el procesamiento) que yo andaba con el tema de Lacalle Pou y me iban a hacer la vida imposible”.
“Es que yo sé muchas cosas, pero yo no soy la que tiene que hablar. Como la del (involucra a otro funcionario) que ha entregado libretas (licencias de conducir) sin poder hacerlo porque estaban retenidas por espirometrías y a los pocos meses las entregaban igual”.
Después que la jueza dictaminó “su procesamiento sin prisión bajo caución juratoria por la presunta comisión de reiterados delitos de cohecho calificado, en calidad de autores”, la Intendencia agilizó ayer mismo el sumario, agregando las actuaciones judiciales respectivas.

RESPETO DEL FALLO JUDICIAL
Por otra parte, después que la jueza impusiera una pena sustitutiva a la prisión preventiva, consistente en”el arresto domiciliario nocturno, en el horario de 21 a 7 por el término de 120 días”, al ser consultado sobre esa resolución, Álvarez Petraglia se limitó a indicar que “no puedo formular comentarios evaluando el fallo judicial, sus razones habrán tenido y a ellas estaremos. A diferencia de otros actores políticos, nosotros respetamos a rajatabla las resoluciones judiciales, nos gusten o no, son una de las reglas básicas del Estado de Derecho”.

QUEDARÁN SIN ANTECEDENTES PENALES
Al regirse el caso por el Código de Proceso Penal anterior, los cuatro funcionarios municipales procesados sin preventiva -así como los otros diecisiete procesados sin prisión- podrán en el plazo de un año quedar nuevamente sin antecedentes siempre y cuando no cometan otra falta judicial.
Al respecto, Álvarez Petraglia confirmó ese extremo al indicar que “desde que las actuaciones se rigen por el Código del Proceso Penal de 1980, a las personas imputadas y eventualmente condenadas en este expediente, de acuerdo a lo que establece el artículo 402 del Nuevo Código del Proceso Penal, se les aplica el instituto de la Suspensión condicional de la pena, siempre que hayan sido procesadas sin prisión”.
“Partiendo de lo dicho, y aceptando que existen posiciones diferentes sobre el tema, es mi opinión personal que el plazo de vigilancia se computa desde julio de este año 2018” cuando los ahora procesados fueron demorados por primera vez, por un período de 24 horas. Si a julio de 2019 no cometen otra falta, su legajo volverá a “sin antecedentes penales”.
Así queda establecido en el artículo 11 de la ley 17.726 “Modificaciones al Código del Proceso Penal. Prisión preventiva del procesado primario. Faltas o delitos penados con multa, suspensión o inhabilitación), de diciembre de 2003.
Se establecen como condiciones “que se tratare de un primario que haya sido procesado sin prisión o con las medidas sustitutivas previstas en esta ley y las haya cumplido, salvo la existencia de causa grave debidamente fundada”. Y determina que “el plazo de vigilancia por la autoridad será de un año”.
Es posible presumir que los veintiún procesados sin prisión son primarios o se acogieron a este código que se los eliminó tras un año de “vigilancia” en la medida que caso contrario, debieron ser procesados con prisión.